BOLETÍN OFICIAL Nº 21 ANEXO – 18/02/19
MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACION
RESOLUCIÓN N° 1138-MPA/2018.-
CDE. A EXPTE. N° MPA 244/2016 “VEHÍCULOS SECUESTRADOS CON AUTORIZACIÓN DE USO”.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 AGO. 2018.-
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1.– Otórgase autorización para entregar al Comisionado Municipal de San Antonio Sr. Álvaro De Bedia para su uso con obligación de conservación y custodia, el vehículo identificado como sedan cinco puertas Marca Fiat modelo Uno Fire 1.242 MPI 8V Dominio HQA535 tipo sedán 5 puertas Número de chasis Fiat 9BD15827696173689 y Número de Motor Fiat 178E80118424441, secuestrado en el marco del Expte. N° P-200.727/2.018 Caratulado: “Persona a Establecer p.s.a. Adulteración de Bienes Registrables – Ciudad” que tramita por ante la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Económicos y Delitos contra la Administración Pública.
3.- Por Secretaría de la Fiscalía interviniente se procederá a asentar la entrega en el Registro Especial que establece el artículo 1° de la Instrucción General N° 003/2.016 haciendo constar los datos de identificación y el estado de vehículo, maquinaria, e inventario de sus accesorios.
4.– Cumplido lo ordenado en el Punto precedente, el Fiscal otorgará la autorización de uso con obligación de conservación y custodia mediante ante Acta, y hará entrega del vehículo previa acreditación por parte de la entidad que lo recibe y a su cargo, de la contratación del Seguro Automotor Obligatorio exigido por el artículo 68 de la Ley Nacional 24.449. Además, dicha entidad deberá hacer controlar periódicamente el sistema de Gas Natural Comprimido (G.N.C.) y obtener la certificación correspondiente para el uso del rodado.
5.– En el Acta se dejará constancia de la obligación de mantener en igual o mejor estado de uso y conservación que el registrado al momento de la entrega del vehículo, bajo responsabilidad patrimonial personal del funcionario solicitante.
6.- El Fiscal peticionante deberá inspeccionar el estado del vehículo automotor entregado en forma bimestral, y en caso de constatarse un deterioro o mala conservación del mismo quedará sin efecto la entrega con autorización de uso del vehículo automotor.
Dr. Sergio E. Lello Sánchez
Fiscal General