BOLETÍN OFICIAL Nº 114 ANEXO – 10/10/18

MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN

RESOLUCIÓN MPA Nº 1.034/2.018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAY. 2.018.-

VISTO:

La solicitud de adquirir cuatro (4) ventiladores de pie solicitado por el Director del Centro de Asistencia a la Víctima para las instalaciones de ese organismo; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario proveer de los bienes solicitados al Centro de Asistencia a la Víctima, debido a las altas temperaturas que se registran durante el verano.

Que a fs. 06, se informa que existe crédito presupuestario suficiente en la Partida Presupuestaria 2.5.7.5.38 Bienes de Capital-Ministerio Publico de la Acusación, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.

Que a fs. 07 se autoriza el trámite para proveer de dos ventiladores al Centro de Asistencia a la Víctima.

Que a fs. 8, 10 y 12 se agregan cotizaciones de los bienes requeridos presentadas por las empresas “Cetrogar S.A.”, “Garbarino SAIC e I” y “Acosta Muebles” de Acosta Laguna José.

Que el proveedor Garbarino S.A.I.C. e I. cotiza los bienes a menor precio, pero no presenta Constancia de Regularización Fiscal, requisito necesario para realizar la contratación.

Que a fs. 15 se sugiere adjudicar la compra al proveedor ACOSTA MUEBLE DE ACOSTA LAGUNA JOSÉ, por cumplir con la documentación requerida y cotizar los bienes a menor precio que Cetrogar S.A.

Que la compra se encuentra dentro de los topes autorizados por Decreto Acuerdo N° 878-HF/2016, Art. 1 inc. d., conforme lo establecido en Decreto Ley N° 159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a).

Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

.- Aprobar la Compra Directa de los elementos solicitados a la firma ACOSTA MUELBRES DE ACOSTA LAGUNA JOSÉ.

.- Ordenar la emisión de la correspondiente Orden de Compra y libramiento de Pago a favor del proveedor por la suma de pesos Dos Mil Novecientos con 00/100 ($2.900,00).

3.– La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la partida Presupuestaria 2.5.7.5.38- Bienes de Capital- Ministerio Público de la Acusación, del presupuesto vigente.

.- Protocolícese, notifíquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y archívese.-

 

Dr. Sergio E. Lello Sánchez

Fiscal General