BOLETÍN OFICIAL Nº 91 ANEXO – 15/08/18

MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN

RESOLUCIÓN MPA Nº 969/2.018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 MAR. 2.018.-

VISTO:

La solicitud del responsable de la Sección de Criminalística del Ministerio Público de la Acusación, por la que se requiere la compra de un freezer Fh3300 290 lts.; y

CONSIDERANDO:

Que el Lic. Castelli explica que resulta necesario la compra de un freezer para la conservación en frío de las muestras hasta su procesamiento, a fin de evitar su degradación.

Que a fs. 3, el Dr. Diego Cussel opina que resulta necesario contar con lo peticionado por los fundamentos expresados por el Lic. Castelli, como así también para el funcionamiento de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Graves contra las Personas y Delitos Complejos.

Que esta Fiscalía General considera válidos los fundamentos vertidos.

Que a fs. 4 se agrega Orden de Provisión debidamente autorizada por el Administrador General.

Que a fs. 06, se informa sobre la existencia de crédito en la Partida Presupuestaria 2.5.7.5.38.0 Bienes de Capital- Ministerio Público de la Acusación, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.

Que, se ha solicitado presupuesto a las siguientes casas comerciales del medio: CETROGAR S.A. y ACOSTA MUEBLES de Acosta Laguna, José.

Que a fs. 12 se agrega planilla comparativa de precios preadjudicándose la compra del freezer a la firma ACOSTA MUEBLES de Acosta Laguna, José en virtud de haber presentado la cotización de menor valor.

Que la compra se encuentra dentro de los topes autorizados por Decreto Acuerdo N° 878-HF/2016, Art. 1 inc. d., conforme lo establecido en Decreto Ley N° 159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a).

Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

1.– AUTORIZAR la Compra del freezer solicitado a la firma ACOSTA MUEBLES de Acosta Laguna.

2.- AUTORIZAR la emisión de la Orden de Compra y luego de la entrega del bien, el libramiento de la Orden de Pago a favor de Acosta Laguna, José, propietario de la firma ACOSTA MUEBLES por la suma de Pesos Once Mil Ochocientos Noventa con 00/100 ($11.890.-).

3.– La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la Partida Presupuestaria 2.5.7.5.38.0 Bienes de Capital – Ministerio Público de la Acusación.

4.– Protocolícese, notifíquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y archívese.-

 

Dr. Sergio E. Lello Sánchez

Fiscal General