BOLETÍN OFICIAL Nº 61 ANEXO – 01/06/18

MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN

RESOLUCIÓN MPA Nº 841/2.018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 ENE. 2.018.-

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACIÓN

RESUELVE

  1. Suprimir ocho (8) cargos de Ayudante Fiscal vacantes en la planta de personal correspondiente al Presupuesto del año en curso, Ley Nº 6.046.-
  2. Suprimir cuatro (4) cargos de Secretario Letrado en Función de Ayudante Fiscal vacantes en la planta de personal correspondiente al Presupuesto del año en curso, Ley Nº 6.046.-
  3. Crear doce (12) cargos de Secretario de Primera Instancia, con una remuneración mensual de Pesos Sesenta Mil Novecientos Cincuenta y Cuatro c/42/100 ($60.954,42) cada uno, sumando un total de Pesos Setecientos Treinta y Un Mil Cuatrocientos Cincuenta y Tres c/05/100 ($731.453,05) los doce cargos, a tales efectos se utiliza el crédito presupuestario de los doce (12) cargos que se suprimen en los puntos 1 y 2 anteriores de Ayudante Fiscal y de Secretariado Letrado en Función de Ayudante Fiscal por Pesos Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Ochocientos Sesenta c/12/100 ($754.860,12), resultando un sobrante de Pesos Veintitrés Mil Cuatrocientos Siete c/07/100 ($23.407,07).

Suprimir: 8 (Ocho) Cargos de Ayudante Fiscal.

Suprimir: 4 (Cuatro) Cargos de Secretario Letrado en Función de Ayudante Fiscal

Jurisdicción: “I” Poder Judicial

U. de O.: 5 Ministerio Público de la Acusación

Finalidad: 1- Administración General

Función:   4 – Justicia

Escalafón: K1- Magistrados y Funcionarios de Ley- Poder Judicial

Crear: 12 (Doce) Cargos de Secretario de Primera Instancia

Jurisdicción: “I” Poder Judicial

U. de O.: 5 Ministerio Público de la Acusación

Finalidad: 1- Administración General

Función:   4- Justicia

Escalafón: K1 – Magistrados y Funcionarios de Ley – Poder Judicial

  1. Protocolícese, remítase al Tribunal de Cuentas de la Provincia a efectos de su toma de razón, posteriormente comuníquese al Poder Ejecutivo de conformidad a lo dispuesto en los art. 2, 3, 5, 11, 17, 41, 42, 65 y cc. de la Ley Provincial Nº 5.895, y artículo 30 de la Ley Provincial Nº 6046. Fecho, remítase a la Administración General, Recursos Humanos, oficina de Personal, Oficina de Gestión de Sueldos.

 

Dr. Sergio E. Lello Sánchez

Fiscal General