LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5503 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a destinar los recursos previstos en el Inciso 10 de la Ley Nº 5435 “De Fortalecimiento y Saneamiento Municipal”, hasta la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000), de acuerdo con sus posibilidades financieras y con la programación que a tal efecto realice, a los […]