BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 04/05/18

RESOLUCION Nº 8407-E/2018.-

EXPTE Nº ÑJ 1082-485-17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 FEB. 2018.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ANEXOS y/o EXTENSIONES ÁULICAS DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACION SUPERIOR INCORPORADOS A LA ENSEÑANZA OFICIAL, que como Anexo Único se incorpora a la presente resolución, a partir del ciclo lectivo 2018.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que los Institutos de Educación Superior incorporados a la enseñanza oficial deberán solicitar autorización para el funcionamiento de Anexos y/o Extensiones Áulicas, conforme a las disposiciones del REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ANEXOS Y/0 EXTENSIONES ÁULICAS, aprobado por el Artículo 1° del presente acto resolutivo.-

ARTICULO 3°.- Dispónese que las Sedes, Anexos, Extensiones Áulicas y/u Organización de similar característica que actualmente se encuentren en funcionamiento sin autorización ministerial, deberán adecuarse a las disposiciones de la presente Resolución en el plazo de tres (3) meses de aprobado el presente Acto Resolutivo, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Artículo 4° de la presente resolución.-

ARTICULO 4°.- Déjese establecido que en caso de incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, no será autorizada la renovación de cohortes en el periodo escolar siguiente, de las carreras aprobadas para la Sede Central, Extensiones Áulicas y Anexos, sin perjuicio de hacer efectivos los apercibimientos de ley.

ARTICULO 5°.- Procédase a notificar por Jefatura de Despacho a la Dirección de Educación Superior y a la Dirección de Educación Privada, de la presente resolución.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación