BOLETÍN OFICIAL Nº 12 – 30/01/09

GOBIERNO  DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1206 /2009.-

San Salvador de Jujuy, 28 de enero de 2009.-

VISTO:

Las disposiciones del Decreto Acuerdo Nº 4739-H-2002, la Resolución General Nº 1032/2002 y modificatorias, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Acuerdo citado establece, entre otros, un Régimen de Incentivos Fiscales que contempla descuentos para los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario que abonen anticipadamente el período fiscal correspondiente;

Que, la Resolución General Nº 1032/2002 establece las normas complementarias para su implementación;

Que, ante los numerosos pedidos efectuados por los contribuyentes que abonan el impuesto inmobiliario en doce anticipos mensuales, para gozar del beneficio del pago anticipado en el periodo fiscal 2009, se hace necesario el dictado de un acto administrativo para ampliar el plazo para acogerse al citado beneficio;

Por ello:

LA  DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Considerar en término el pago del primer anticipo del impuesto Inmobiliario de los contribuyentes que abonan el mismo en doce (12) anticipos hasta la fecha establecida para el vencimiento del anticipo 2/12, según lo dispuesto por Resolución General 1202/2008.

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria del Ingresos Públicos y Tribunal de Cuentas.  Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, Archívese.

 

C.P.N. Maria Teresa Agostini

Directora – Dirección Provincial de Rentas

30 ENE. S/C.-