BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 27/04/18
RESOLUCION Nº 234-SOTyV/2017.-
EXPTE Nº 0516-0583/2003.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2017.-
VISTO:
El presente expediente, mediante el cual se tramita el otorgamiento de la Carta de Pago por la cancelación del precio, de un terreno fiscal ubicado en Barrio 8 de Marzo, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución N° 1392, de fecha 04 de Septiembre de 2014 (fs.51/52), se adjudicó en venta a favor del Sr. GALIAN, EULOGIO RAMIRO D.N.I. 8.194.917 y la Sra. BAMBA, INES CRISTINA D.N.I. 6.158.759, el terreno fiscal individualizado como: Lote N° 13, Manzana N°20, Padrón A-91.406, Matricula A-78.828 ubicado en B° 8 de Marzo de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel E3elgrano, Provincia de Jujuy;
Que, el lote fue transferido a los adjudicatarios por Escritura Pública N’ 179 de Compraventa, de fecha 17/11/2014 (fs.43-46);
Que, el precio de venta fue fijado en la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($ 4.980,00) pagaderos en VEINTICUATRO (24) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de DOSCIENTOS SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($207,50);
Que, a fs. 42 obra Certificado de Libre Deuda N° 50/2017 emitido por la Dirección Provincial de Rentas, del cual surge que los adjudicatarios han cancelado el monto en su totalidad y no adeudan suma alguna en concepto de tierras fiscales;
Que, conforme Artículo 1017°, inciso “c” del Código Civil y Comercial de la Nación, debe cumplirse con la forma escrituraria para los actos accesorios que se refieran a contratos otorgados mediante ‘escritura pública;
Que, por Decreto N° 4525-ISPTyV-2017 se faculto a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda a la emisión y suscripción de actos administrativos de Escritura de Carta de Pago, arbitrando los medios idóneos a tal fin;
Que, en el Convenio suscripto entre Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda y el Colegio de Escribanos de Jujuy, en fecha 25 de agosto de 2017, .se acordó que dichas escrituras de Carta de Pago podrán ser otorgadas por el mencionando Colegio;
Que, teniendo en cuenta el dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Regularización Dominial (fs. 54/55), la debida intervención de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado-, compartida por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;
Por ello,
EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Autorizase a Escribanía de Gobierno de la Provincia de Jujuy y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a otorgar las Escrituras de Carta de Pago a favor del Sr. GALIAN, EULOGIO RAMIRO, D.N.I. N° 8.194.917 y la de Sra. BAMBA, INES CRISTINA D.N.I. N° 6.158.759, del terreno fiscal individualizado como: Lote N° 13, Manzana N° 20, Padrón A-91.406, Matricula A-78.828, ubicado en Barrio 8 de Marzo en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio.‑
ARTICULO 2°: Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese -íntegramente- en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección de Regularización Dominial, siga a Escribanía de Gobierno y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a sus efectos. Remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda a sus efectos.‑
Ing. Carlos Humberto García
Secretario de Ordenamiento Territorial y Vivienda