BOLETÍN OFICIAL Nº 2 – 04/01/17
EXPTE. Nº 660-795/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 NOV. 2016.-
EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.-Crease el Registro Provincial de Establecimientos de Productos Cárnicos, donde previa habilitación, deberá inscribirse toda persona física o jurídica que realice actividades de elaboración de productos, subproductos y derivados de origen cárnico en el territorio provincial.-
ARTÍCULO 2º.-Crease el Registro Provincial de Productos Alimenticios de origen Cárnicos, en el cual deberán inscribirse todos los productos, subproductos y derivados de origen cárnico elaborados en el territorio provincial con destino a su comercialización provincial.-
ARTÍCULO 3º.-Aprobar el procedimiento para la inscripción de los Establecimientos mencionados en el artículo primero, detallados en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el procedimiento para el registro de los productos mencionados el artículo segundo, detallados en el ANEXO II que forma parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 5º.- Establecer como autoridad de control de la presente y coordinador, de los registros mencionados ala Dirección Provincial de Control Productivo y Comercial. Quien contará con las funciones de control de las disposiciones vigente en materia sanitaria establecidas por el Decreto N° 4238 y del Código Alimentario Argentino en relación a la presente resolución. Asimismo podrá dictar la normativa complementaria necesaria para la correcta aplicación y cumplimiento de la presente.-
C.P.N. Juan Carlos Abud
Ministro de Desarrollo Económico y Producción