BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 05/03/10

Icon_PDF_62.010 Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1.810

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1.242 

San Salvador de Jujuy, 01 Mar. 2.010

VISTO:                           

La Resolución General Nº 1233/2009;

Y CONSIDERANDO:

Que, la citada norma establece el cronograma de vencimientos de los tributos cuya recaudación está a cargo de la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia.

Que, debido a problemas en el reparto de las boletas del  tercer y primer anticipo del Impuesto Inmobiliario correspondiente a los Grandes y Pequeños Contribuyentes, respectivamente, se hace necesario ampliar las fechas de vencimientos establecidas en Anexos I y II de la Resolución General Nº 1233, al solo efecto de considerar en término los pagos efectuados.

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Considerar en término el ingreso del tercer y primer anticipo del Impuesto Inmobiliario de los Grandes y Pequeños Contribuyentes, establecidos en Anexo I, para los días 12, 15, 16, 17 y 18 hasta los días 22, 23, 25, 26 y 29 de marzo, respectivamente; y establecidos en Anexo II de la Resolución General Nº 1233, para los días 17, 18, 19, 22 y 23 de marzo  hasta los días 23, 25, 26, 29 y 30 de marzo del corriente año, respectivamente.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria del Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General.  Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley.  Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales.  Cumplido, archívese.

 

C.P.N. y L.A Miguel Raúl Salomón

Director

05 MAR. S/C.-