BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 21/04/10
GOBIERNO DE JUJUY
SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL
“2010 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO”
RESOLUCION Nº 027 /2010 -SGA
EXPTE. Nº 666-NN- 76 /2010
San Salvador de Jujuy, 15 abr. 2010
VISTO
La Ley Nacional Nº 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos, Decreto Reglamentario Nº 91/09, Resolución Nº 256, Decreto Provincial Nº 2187/08 y Resolución Nº 81/09 SGA;
CONSIDERANDO:
Que en Art. 30 de la ley mencionada en el Visto se crea el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos, con el objeto de compensar a las jurisdicciones que conservan los bosques nativos, por los servicios ambientales que éstos brindan.
Que, en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 32º de la misma normativa, las jurisdicciones provinciales, a los efectos de la percepción de fondos previstos, deben contar con la sanción de una ley que apruebe el Ordenamiento de Bosques Nativos y con la debida participación de lo sectores involucrados en la cuestión (Artículo 6) ;
Que en tal sentido, la Provincia de Jujuy cuenta con el Decreto Nº 2187/08 por el que se aprueba el Plan de Ordenamiento Territorial Adaptativo para las Masas Boscosas de la Provincia de Jujuy vigente en el marco cumplimiento del plazo y condición establecidos por los Artículos 6º y 7º de la Ley Nº 26.331, respectivamente;
Que, igualmente resulta imperioso para la Secretaría de Gestión Ambiental dar efectivo cumplimiento no sólo de la normativa vista sino también de los objetivos de política pública ambiental ya delineados, compatibilizando de manera sustentable los intereses forestales y de conservación;
Que en las actuales instancias de aplicación de la Ley Nº 26.331 resulta necesario articular criterios técnicos de progresividad acordados con los sectores públicos y privados que permitan la efectividad en la aplicación del Plan de Ordenamiento Territorial Adaptativo para las Masas Boscosas de la Provincia de Jujuy;
Que en virtud de lo antedicho debe tenerse presente el Anexo de la Ley Nº 26.331 estableciendo criterios de sustentabilidad ambiental para el diseño del ordenamiento territorial de los bosques nativos según las particularidades del contexto socio ambiental de la provincia;
Que en virtud de los términos y plazos establecidos por la ley de Nº 26331, resoluciones del COFEMA y de la Autoridad Nacional de aplicación de dicha norma se estima que el proyecto de Ley debería ser aprobado en el mes de Junio del año en curso.
Por ello;
EL SECRETARIO DE GESTION AMBIENTAL
DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESUELVE:
ARTICULO 1°: DISPONGASE la implementación de una instancia participativa con los sectores de la producción forestal, organizaciones ambientalistas de la Provincia de Jujuy, Cátedras Universitarias y Organismos Provinciales, todos ellos vinculados a la cuestión de marras, destinada a obtener aportes y/u observaciones técnicas del actual Plan de Ordenamiento Territorial Adaptativo para las Masas Boscosas de la Provincia de Jujuy aprobado por Decreto Nº 2187/08.
ARTICULO 2°: Conformar un equipo técnico integrado por agentes profesionales de la Secretaría de Gestión Ambiental y Dirección Provincial de Políticas Ambientales y Recursos Naturales, a los efectos de análisis y elaboración de criterios de modificación, si correspondiese, juntamente a la recepción de aportes y/u observaciones técnicas de los a los actores mencionados en el Art. 1º de la antedicha instancia; tendiente a la formulación del proyecto de ley provincial a elevarse a consideración del Señor Gobernador para su elevación a la Legislatura de Jujuy.-
ARTICULO 3°: Invitar a las instituciones mencionadas en el Art. 1º a participar de este proceso de revisión fijando como plazo de presentación de sus aportes hasta el 10 de mayo próximo en la sede de la Secretaría de Gestión Ambiental, sita en Sarmiento Nº 154 de esta ciudad.
ARTICULO 4°: Por Secretaría, Regístrese. Notifíquese a la Secretaría General de la Gobernación, Ministerio de Gobierno, y demás Organismos Públicos y Privados Provinciales vinculados a la cuestión objeto de la normativa vista. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, ARCHIVESE.-
Ing. Agr. Omar Hugo Mendoza
Secretario de Gestión Ambiental
21 ABR.