BOLETÍN OFICIAL Nº 43 – 18/04/18

RESOLUCION Nº 7748-E/2017.-

EXPTE Nº 1082-402/17 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2017.-

LA MINISTRA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dispóngase la continuidad automática en la misma carga horaria y situación de revista de los docentes interinos designados con fecha de baja de las carreras de formación docente comprendidas en la Resolución N° 7239-E/17, mientras dure la implementación del Plan de Mejora Integral del Sistema Formador Provincial.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese la continuidad automática en la misma carga horaria y situación de revista de los docentes suplentes de las carreras de formación docente comprendidas en la Resolución N° 7239-E/17, mientras dure la ausencia del docente reemplazado.-

ARTÍCULO 3° Dispóngase que los docentes percibirán los complementos establecidos por la Ley N° 25.919 del Fondo Nacional de Incentivo Docente, el Programa de Compensación Salarial creado por Ley N° 26.075 de Financiamiento Educativo y demás beneficios que se creen en lo sucesivo.-

ARTÍCULO 4°.- Déjase establecido que lo dispuesto en los Artículos 1° y 2° comprende únicamente a los docentes que reúnen todos los requisitos que establece la normativa vigente.-

ARTICULO 5°.- Dispónganse que el Instituto de Educación Superior N° 3 convocará a elecciones conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 7320-G/03 y sus modificatorias, dejándose sin efecto los dispuesto en el Artículo 8 de la Resolución N° 7239-E/17, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 6°.-Déjase establecido que el Instituto de Educación Superior N° 2 continuará implementando la carrera Profesorado de Educación Secundaria en Economía hasta la cohorte 2019, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 7°.- Dispóngase que los Institutos de Educación Superior comprendidos en la Resolución N° 7239-E/17 presentarán a la Dirección de Educación Superior un proyecto institucional a los efectos de la implementación del Plan Integral de Mejora del Sistema Formador Provincial.-

ARTÍCULO 8°.- Autorízase a los Institutos de Educación Superior a cubrir las horas cátedra vacantes de las carreras de formación docente comprendidas en el Plan de Mejora Integral del Sistema Formador Provincial, autorizando Ministerialmente la cobertura en situaciones de docentes suplentes.-

ARTICULO 9°.- Facultase a la Dirección de Educación Superior a aprobar los cuadros de reorganización del personal docente conforme a las funciones previstas en el marco del Plan de Mejora Integral del Sistema Formador.-

ARTICULO 10°.- Procédase a notificar por Jefatura de Despacho de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación