BOLETÍN OFICIAL Nº 43 – 18/04/18

RESOLUCION CONJUNTA Nº 7598-E-S/2017.-

EXPTE Nº 1082-295/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 NOV.2017.-

LOS MINISTROS

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Téngase por autorizado, en forma excepcional, la continuación del cursado de la carrera de ENFERMERIA PROFESIONAL aprobada por Resolución N° 3391-G/06 e implementada por Resolución N° 3292-E/S/15, en el Instituto Superior de Formación, Capacitación y Superación Profesional “Lic. Myriam B. Gloss”, localización San Salvador de Jujuy, por la cohorte 2015, de los alumnos que iniciaron sus estudios en el marco del proyecto de Diseño Curricular de la carrera TECNICATURA SUPERIOR EN ANESTESIOLOGIA.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que en el plazo de 30 días corridos a partir de la notificación presente, el Instituto Superior de Formación y Superación Profesional “Lic. Myriam B. Gloss” deberá elevar a la Dirección de Educación Superior una propuesta de reconocimiento de saberes conforme a la estructura curricular de la carrera ENFERMERIA PROFESIONAL, aprobada por Resolución N° 3391-G/06, en virtud de lo dispuesto en el artículo precedente.-

ARTÍCULO 3°.- Autorizase al Instituto Superior de Formación, Capacitación y Superación Profesional “Lic. Myriam B. Gloss” a dictar únicamente para los alumnos con título de Enfermero/a Profesional, que iniciaron sus estudios en la cohorte 2015 conforme al proyecto de Diseño Curricular de la carrera TECNICATURA SUPERIOR EN ANESTESIOLOGIA, un curso complementario de especialización en Anestesiología en el marco de lo dispuesto en la Resolución MS N° 1004702./12.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones y Certificaciones de Estudios y Equivalencias, aplique para la emisión del título de ENFERMERO/A PROFESIONAL, del Instituto Superior de Formación, Capacitación y Superación Profesional “Lic. Myriam B. Gloss”, de los alumnos que egresen en el marco de lo dispuesto en el Artículo 1º  de presente acto resolutivo, la Estructura Curricular del Diseño Curricular aprobada por Resolución Nº 3391-G/06 y el Régimen de Acreditación Correlativa aprobado por Resolución Nº 3252-E/10.-

ARTICULO 5º.- Aplícase sanción de amonestación pública al Instituto Superior de Formación, Capacitación y Superación Profesional “Lic. Myriam B. Gloss”, por iniciar una carrera sin la debida autorización.-

 

Dr. Gustavo A. Bohuid

Ministro de Salud

 

Isolda Calsina

Ministra  de Educación