BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 12/07/10

Icon_PDF_6Dirección Provincial de Rentas

San Salvador de Jujuy, 12 de Julio de 2010.-

RESOLUCION GENERAL Nº 1245/2010

VISTO:

La Resolución General Nº 1233/2009;

Y CONSIDERANDO:

Que, la citada norma establece el cronograma de vencimientos de los tributos cuya recaudación está a cargo de la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia.

Que, debido a problemas en el reparto de las boletas del  tercer y primer anticipo del Impuesto Inmobiliario correspondiente a los Grandes y Pequeños Contribuyentes, respectivamente, se hace necesario ampliar las fechas de vencimientos establecidas en Anexos I y II de la Resolución General Nº 1233, al solo efecto de considerar en término los pagos efectuados.

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Considerar en término el ingreso del séptimo y tercer anticipo del Impuesto Inmobiliario de los Grandes y Pequeños Contribuyentes, establecidos en los Anexos I y II de la Resolución General Nº 1233, que se efectúen hasta el 23, 26, 27, 28 y 29 de Julio del corriente año respectivamente.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria del Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General.  Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley.  Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales.  Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. ALDO OMAR FERRARI

DIRECTOR

Dirección Provincial de Rentas