BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 12/07/10
Dirección Provincial de Rentas
San Salvador de Jujuy, 12 de Julio de 2010.-
RESOLUCION GENERAL Nº 1245/2010
VISTO:
La Resolución General Nº 1233/2009;
Y CONSIDERANDO:
Que, la citada norma establece el cronograma de vencimientos de los tributos cuya recaudación está a cargo de la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia.
Que, debido a problemas en el reparto de las boletas del tercer y primer anticipo del Impuesto Inmobiliario correspondiente a los Grandes y Pequeños Contribuyentes, respectivamente, se hace necesario ampliar las fechas de vencimientos establecidas en Anexos I y II de la Resolución General Nº 1233, al solo efecto de considerar en término los pagos efectuados.
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Considerar en término el ingreso del séptimo y tercer anticipo del Impuesto Inmobiliario de los Grandes y Pequeños Contribuyentes, establecidos en los Anexos I y II de la Resolución General Nº 1233, que se efectúen hasta el 23, 26, 27, 28 y 29 de Julio del corriente año respectivamente.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria del Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.-
C.P.N. ALDO OMAR FERRARI
DIRECTOR
Dirección Provincial de Rentas