BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 23/08/10

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GOBIERNO DE JUJUY

SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL

DIRECCION PROVINCIAL DE POLITICAS AMBIENTALES Y RECURSOS NATURALES

RESOLUCION  Nº 314/2010 -DPPAyRN.-

Expte. Nº 646-393-V/2009.-                    

San Salvador de Jujuy,  18 Ago. 2010.-

VISTO:

El pedido de autorización para realizar trabajos de desmonte de 200 has. que realizara en la finca de su propiedad denominada “EL PALMAR”, ubicada en Dsto. EL PALMAR, Depto. SANTA BARBARA, formulado por los Sres. CARINA VALERIA VEGA SAUER Y CRISTIAN GASTÓN VEGA SAUER;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 26.331 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad.

Que la Ley General de Medio Ambiente de Jujuy Nº 5063 prevé la Evaluación de Impacto Ambiental como un instrumento destinado a identificar, interpretar, prevenir o disminuir los impactos sobre el ambiente de los proyectos de obras o actividades públicas o privadas.

Que, el Artículo Nº 2 del Decreto 9067/07, modificatorio del articulo 5º del Decreto 5980/06, dispone que previamente a cualquier otro trámite, los responsables de los proyectos de obras o actividades incluidos en los Anexos I y II deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación una Solicitud de Factibilidad Ambiental (S.F.A.).

Que, la Resolución 81 SGA/2009 establece en su Art. 23, un régimen provisorio de procedimiento administrativo para las solicitudes de factibilidad ambiental de trabajos forestales (desmontes y aprovechamientos forestales) que al 23 de noviembre de 2009 no hayan obtenido dictamen de factibilidad ambiental, encuadrándose las presentes actuaciones.

Que recibida la S.F.A., la autoridad de aplicación deberá expedirse emitiendo un acto administrativo a través del cual se disponga la inclusión o no del proyecto en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Que, los Sres. CARINA VALERIA VEGA SAUER Y CRISTIAN GASTÓN VEGA SAUER en cumplimiento de ello, presentaron oportunamente en esta Repartición, la oportuna Solicitud juntamente con el Estudio de Impacto Ambiental.

Que, rola a fs. 121 de autos, Dictamen Técnico expedido por el Área Recursos Naturales de ésta Dirección, favorable al E.I.A. adjuntado por el peticionante.

Que, los Artículos 199 y ss. de la Ley Nacional Nº 25.675 y 45ª de la Ley 5063, establecen que toda obra o actividad que implique la elaboración de un EIA deberá difundir el mismo, por los medios que ésta Autoridad de Aplicación estime pertinente.

Que, los Sres. CARINA VALERIA VEGA SAUER Y CRISTIAN GASTÓN VEGA SAUER han dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Resolución Nº 1 – SGA – Anexo I y II, a fs 137/141 de autos.

Que atento a lo manifestado precedentemente se ha dado cumplimiento a las disposiciones legales de protección ambiental vigentes en el ámbito de la Provincia de Jujuy (Ley 5063 y Decretos Reglamentarios Nº 5980/06, 2187/08, 9067/07, Resolución Nº 1- SGA/2009 y Resolución Nº 81-SGA/2009 (Régimen transitorio).-

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE POLITICAS AMBIENTALES Y

RECURSOS NATURALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Dispóngase la inclusión del pedido de autorización para ejecutar trabajos de Plan de Cambio de Uso del Suelo, Art. 18 y sstes. Ley 26.331 (DESMONTE) de CIENTO CINCUENTA Y UN HECTAREAS (151 has.) con fines de agricultura, a los Sres. CARINA VALERIA VEGA SAUER Y CRISTIAN GASTÓN VEGA SAUER, en la Finca de su propiedad denominada “EL PALMAR”, ubicada en el Dsto EL PALMAR, Depto. SANTA BARBARA, en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental” previsto en los Decretos 5980/06 y 9067/07, reglamentarios de la Ley General del Ambiente 5063.

ARTICULO 2º: Previo a la emisión del “Dictamen de Factibilidad Ambiental”, el responsable del Proyecto, los Sres. CARINA VALERIA VEGA SAUER Y CRISTIAN GASTÓN VEGA SAUER, deberá publicar a su cargo en el Boletín Oficial de la Provincia, por tres (3) veces en cinco (5) días, una Declaración que contenga la descripción sucinta de las características principales del proyecto y/o actividad. En dicha publicación se deberá indicar que el Estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general, en oficinas centrales de ésta Repartición, sita en calle San Martín 518 para su consulta.

ARTICULO 3º: Los interesados podrán formular sus observaciones por escrito en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la última publicación en el Boletín Oficial, del Proyecto sometido al E.I.A. Esta Autoridad de Aplicación Provincial considerará las observaciones que formulen los interesados, previo a la emisión del Dictamen de Factibilidad Ambiental.

ARTICULO 4º Por Secretaría Regístrese, notifíquese a los Interesados en el domicilio que tengan constituido en autos, pase a sus demás efectos al Área Recursos Naturales y Asesoría Letrada.

 

Héctor Raúl Ibarra

Director

23 AGO. LIQ. Nº 89574 $ 26,00.-