BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 08/09/10
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANIFICACION
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS
Y OTRAS CONCESIONES (SU.SE.PU)
RESOLUCION Nº 545-SUSEPU.-
Cde. Expte. Nº 0630-0234/2010.- Agdo. Expte. Nº 0630-0819/2008.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 SEPT. 2010.-
VISTO:
El Expediente de referencia caratulado: “NOTA Nº 243-MIP-2010 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANIFICACIÓN REF: “NUEVO CUADRO TARIFARIO DEL SERVICIO DE AGUA Y CLOACA” PRESENTADO POR AGUA DE LOS ANDES S.A.”; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Nota Nº 243, el Ministerio de Infraestructura y Planificación remite “El Nuevo Cuadro Tarifario del Servicio de Agua y Cloaca”, correspondiente a la Empresa Agua de los Andes S.A., para consideración, evaluación y resolución por parte de esta SUSEPU (fs 1.).
Que, en reunión del día 2 de Agosto de 2010, el Sr. Vocal 1º de este Organismo, Ing. José Luis Izquierdo, solicita a los restantes miembros del Directorio la acumulación del Expte. Nº 0630-819/2008, caratulado: “Antecedente sobre Análisis Contrato de Concesión y Marco Regulatorio de la Empresa Agua de los Andes SA”.
Que, por Nota Nº 389 de fecha 17 de Agosto del corriente año que se encuentra agregada a fs. 162, Agua de los Andes S.A. remite Contrato de Concesión y Marco Regulatorio para la Concesión de los Servicios Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales.
Que, el inciso 9) del Artículo 5º de la Ley Nº 4937 establece que es facultad y obligación de la Superintendencia “…. .Aprobar los cuadros tarifarios de los servicios concesionados verificando, conforme a las disposiciones de los marcos reguladores, pliego de licitación, contratos de concesión y objetivos de la Superintendencia, la procedencia de las revisiones y ajustes, convocando a las respectivas Audiencias Públicas…”.
Que, en ese contexto, y en cumplimiento del inciso 9) del Artículo 5º de la Ley Nº 4937 que faculta a la Superintendencia a aprobar los cuadros tarifarios de los servicios concesionados verificando la procedencia de las revisiones y ajustes, convocando a las respectivas audiencias públicas; el Decreto Nº 6639-PMA-2006 que dispone que las Audiencias Públicas a llevarse a cabo en la Provincia de Jujuy se regirán por la Ley Nº 5317, resulta necesario convocar a Audiencia Pública para el 26-10-2010.
Por ello, en uso de sus funciones y facultades que le son propias:
EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convocar a AUDIENCIA PUBLICA, la que tendrá por objeto someter a consulta de la opinión pública el NUEVO CUADRO TARIFARIO DEL SERVICIO DE AGUA Y CLOACA, EL CONTRATO DE CONCESION Y EL MARCO REGULATORIO propuestos por la Empresa Agua de los Andes S.A., conforme a los antecedentes agregados en el Expediente Nº 0630-0234/2010 y en el Expediente Nº 0630-0819/2008.-
ARTICULO 2°.- La Audiencia Pública convocada se llevará a cabo el día 26 de Octubre de 2010 a horas 09:00 en instalaciones del Club Atlético Gorriti, sito en Av. El Exodo Nº 586 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy. Se hace saber que su procedimiento se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 5317 y las normas de funcionamiento que como Anexo I forma parte de la presente.-
ARTICULO 3º.- Conforme lo autoriza el Artículo 2º de la Ley Nº 5317, designar como INSTRUCTOR COORDINADOR al Sr. Vocal 1º de este Organismo, Ing. José Luis Izquierdo, disponiendo que ante razones extraordinarias o de fuerza mayor, el Vocal I de la SUSEPU, en su función de Instructor Coordinador para el que fuera designado, será reemplazado por el Presidente, Ing. Héctor Alfredo Rodríguez Francile, y éste, por el Vocal 2º Dr. Alejandro Hugo Domínguez, mientras dure la ausencia transitoria o impedimento que la motiva, o hasta tanto se produzca su cobertura.-
ARTÍCULO 4º.- Designar como Instructores Administrativos y Consultores a los siguientes profesionales: Ing. María Jesús García – Gerente Técnica del Servicio de Agua Potable y Saneamiento, Ing. Carlos Armando Caracino – Jefe Dpto. Agua y Dra. Ana Inés Melé – Jefe del Dpto. Legal.-
ARTÍCULO 5º.- En cumplimiento de lo establecido por el Artículo 9º de la norma citada, difundir la convocatoria a Audiencia Pública, ordenando su publicación por tres (3) veces en el Boletín Oficial y en diarios de circulación de la Provincia, así como su emisión en radios locales.-
ARTICULO 6º.- Quienes deseen incorporarse como participantes de la Audiencia Pública deberán realizar sus presentaciones de conformidad a los Artículos 10 y 11 de la Ley Nº 5317, hasta el día 5 de Octubre de 2010 inclusive, en la Oficina Administrativa Habilitada en Sede de la SUSEPU, sita en calle Alvear Nº 1243, de Lunes a Viernes, en el horario de 8:00 a 13:00 y de 16:30 a 18:30.-
ARTICULO 7º.- Todos los antecedentes y la documentación que dieran origen a la AUDIENCIA PUBLICA convocada con la finalidad de someter a consideración de la opinión pública el NUEVO CUADRO TARIFRIO DEL SERVICIO DE AGUA Y CLOACA, EL CONTRATO DE CONCESION Y EL MARCO REGULATORIO, y demás documentación anexa, se encuentran a disposición de los interesados en la página Web de SUSEPU: www.susepu.gov.ar en el link Audiencia Pública y en las oficinas de este Organismo.-
ARTÍCULO 8º.- Solicitar al Sr. Presidente de la Legislatura de la Provincia, Sr. Pedro Antonio Segura López, que tenga a bien autorizar al personal del Cuerpo de Taquígrafos de ese Poder, para que en virtud del Artículo 17 de la Ley Nº 5317 labren versión taquigráfica de lo acontecido en la Audiencia Pública.-
ARTICULO 9º.- Publicar en el Boletín Oficial. Pasar a conocimiento de la Gerencia de Agua y del Dpto. Legal. Remitir copia a: Legislatura de la Provincia de Jujuy, Ministerio de Infraestructura y Planificación, Ministerio de Producción y Medio Ambiente, Defensor del Pueblo de Jujuy y A.D.L.A. S.A. Cumplido archívese.-
ANEXO I
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
ARTICULO 1°.- Habilitar el REGISTRO DE PARTICIPANTES de la AUDIENCIA PUBLICA, convocada para poner a consulta de la opinión pública NUEVO CUADRO TARIFARIO DEL SERVICIO DE AGUA Y CLOACA, EL CONTRATO DE CONCESION Y EL MARCO REGULATORIO, propuestos por la Empresa Agua de los Andes S.A.; desde el 09-09-2010 al 05-10-2010 inclusive, hasta horas 18:30.-
ARTICULO 2°.- Sin perjuicio de las publicaciones ordenadas en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 9º de la Ley Nº 5317, la presente convocatoria a Audiencia Pública se difundirá por todos los medios que contribuyan a su mayor conocimiento por parte de la población.-
ARTICULO 3º.- Los participantes de la Audiencia Pública podrán realizar su inscripción en el registro habilitado al efecto y presentar sus opiniones, por escrito, sobre el tema a debatir, acompañando las pruebas o documentos con que cuenten, solicitando la producción de pruebas respectiva, hasta el día 5 de Octubre de 2010 inclusive, en la Oficina Administrativa habilitada en Sede de la SUSEPU., sita en calle Alvear Nº 1243, de Lunes a Viernes, en el horario de 08:00 hs. a 13:00 hs. y de 16:30 hs. a 18:30 hs.-
ARTICULO 4º.- Los participantes deberán constituir domicilio legal en un radio de tres (3) kilómetros del asiento de la SUSEPU, donde serán válidas todas las notificaciones.-
ARTICULO 5º.- Podrá ser participante toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva, relacionado con la temática de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas participan por medio de sus representantes, acreditando personería mediante el instrumento legal correspondiente -debidamente certificado-. Las Asociaciones de Usuarios deberán presentar constancia de su reconocimiento ante la Autoridad de Aplicación Provincial, conforme lo establecido por la Ley 24240.-
ARTICULO 6º.- La Oficina Administrativa habilitada facilitará a los interesados un FORMULARIO DE INSCRIPCION para su participación en la Audiencia Pública, en el que se consignarán todos los datos requeridos; entregando un CERTIFICADO DE INSCRIPCION en el que constará el número de inscripción en el Registro de Participantes, que es el mismo que le corresponderá en su exposición en el transcurso de la Audiencia Pública, y la recepción de informes y documentos.-
ARTICULO 7º.- Tanto el Expediente de la Convocatoria a Audiencia Pública, en legajo de copias, como la documentación técnica respectiva, se encontrará a disposición de los interesados para su consulta en la Oficina Administrativa habilitada al efecto. Sin perjuicio de lo cual, los interesados contarán con la documentación que sustente el Nuevo Cuadro Tarifario del Servicio de Agua y Cloaca, el Contrato de Concesión y el Marco Regulatorio propuestos por la Empresa Agua de los Andes S.A., en la página Web del Organismo: www.susepu.gov.ar como así también a todos aquellos participantes que lo deseen se les suministrará una copia de la documentación citada, en soporte magnético.-
ARTICULO 8º.- Conforme lo establecido en el Articulo 15 de la Ley Nº 5317, los participantes de la Audiencia Pública formularan sus conclusiones, según el Orden del Día que confeccionará el Instructor Coordinador en los términos del Artículo 14 de la mencionada ley y por el término de quince (15) minutos. Aquellos que requieran de un tiempo mayor, deberán solicitarlo al momento de la inscripción en el Registro habilitado a tal efecto y justificar su pedido, el que será resuelto por el Sr. Instructor Coordinador.-
Ing. Héctor Rodríguez Francile
Presidente SU.SE.PU.-
08 SEPT. LIQ. Nº 89718 $ 26,00.-