BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 23/02/18
RESOLUCION Nº 217-SOTyV/2017.-
EXPTE. Nº 516-0234/2005.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2017.-
VISTO:
El presente expediente, mediante el cual se tramita el otorgamiento de la Carta de Pago por la cancelación del precio, de un terreno fiscal ubicado en Barrio Éxodo Jujeño de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución N° 467-VOT-2013 de fecha 19 de Diciembre de 2013 (fs. 47/48) se adjudicó en venta a favor del Sr. CHAMBI, JOSE LUIS D.N.I. 24.029.962 y la Sra. MAMANI, JUSTINA ELENA D.N.I. 23.364.970, el terreno fiscal individualizado como: Lote N° 08, Manzana N° 642, Padrón A-72700, Matricula A-37368 ubicado en Barrio Éxodo Jujeño de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy;
Que, el lote fue transferido a los adjudicatarios por Escritura Pública N° 32 de fecha 12/03/2014, de Compraventa, conforme surge de cédula parcelaria generada por el Registro Inmobiliario de la Provincia de Jujuy (fs. 36);
Que, el precio de venta fue fijado en la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS ($ 4.662,00) pagaderos en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas;
Que, a fs. 39 obra Certificado de Libre Deuda N° 137/2016 emitido por la Dirección Provincial de Rentas, del cual surge que los adjudicatarios han cancelado el montó en su totalidad y no adeudan suma alguna en concepto de tierras fiscales;
Que, conforme Artículo 1017 inciso “c” del Código Civil y Comercial de la Nación debe cumplirse con la forma escrituraria para los actos accesorios que se refieran a contratos otorgados mediante escritura pública;
Que, por Decreto N° 4525-ISPTyV/2017, se faculta a la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda a la emisión y suscripción de actos administrativos de Escritura de Carta de Pago, arbitrando los medios idóneos a tal fin;
Que, en el Convenio suscripto entre la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda y el Colegio de Escribanos de Jujuy, en fecha 25 de Agosto de 2017, se acordó que dichas escrituras de Carta de Pago podrán ser otorgadas por el mencionado Colegio;
Que, teniendo en cuenta el dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Regularización Dominial (fs. 49), la debida intervención de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado (fs. 50), compartida por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;
EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.Autorizase a Escribanía de Gobierno de la Provincia de Jujuy y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a otorgar la Escritura de Carta de Pago, a favor del Sr. CHAMBI, JOSE LUIS D.N.I. 24.029.962 y la Sra. MAMANI, JUSTINA ELENA D.N.I. 23.364.970, del terreno fiscal individualizado como: Lote N° 08, Manzana N° 642, Padrón A-72700, Matricula A-37368 ubicado en Barrio Éxodo Jujeño de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese – íntegramente- en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección de Regularización Dominial, siga a Escribanía de Gobierno y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a sus efectos. Remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda a sus efectos.-
Ing. Carlos Humberto García
Secretario de Ordenamiento Territorial y Vivienda