BOLETÍN OFICIAL Nº 20 ANEXO – 19/02/18
CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZA Nº 1205/2.017.-
REF: “Adherir a la Ley Nacional Nº 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos”. Iniciado por la Cjal. María José Pintos. Expte. N° 8.810/017.-
VISTO:
Artículo N° 130 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Ciudad Perico; y;
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno promulgó la Ley 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, que tiene como fin la tutela integral y el asesoramiento a los afectados o a sus derechohabientes que podrán seguir de cerca las actuaciones judiciales.
Que, la Ley reconoce y garantiza los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho al asesoramiento, asistencia, representación, protección, verdad, acceso a la justicia, tratamiento justo, reparación, celeridad y todos los demás derechos consagrados en la Constitución Nacional, en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos de los que el Estado es parte, demás instrumentos legales internacionales ratificados por Ley Nacional, las constituciones provinciales y ordenamientos locales.
Que, cada provincia contará con un defensor que deberá asesorar a los afectados por un delito o a sus herederos sin cargo. El proyecto reconoce a las víctimas sus derechos a asistencia, protección, acceso a la justicia y celeridad.
Que, los afectados por un hecho delictivo deben recibir un trato digno y respetuoso.
Que, podrán requerir medidas de protección, intervenir como querellantes, aportar información, exigir un resarcimiento y podrán solicitar medidas de coerción. Además, las autoridades deben actuar bajo los principios de la rápida intervención, el enfoque diferencial de acuerdo con cada caso y la no revictimización.
Que, una de las modificaciones que fue introducida por el Senado a la iniciativa aprobada en Diputados es la creación de la figura del defensor público de víctimas, cargo que ocupará un magistrado por cada provincia y la Ciudad de Buenos Aires, 24 en total.
Por todo ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º.- Adherir a la Ley Nacional Nº 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos.
ARTÍCULO 2º.- Elévese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, regístrese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.
Sala de Sesiones, 26 de Octubre de 2.017.-
Walter R. Cardozo
Presidente.-
19 FEB. S/C.-