BOLETÍN OFICIAL Nº 12 – 29/01/18

RESOLUCIÓN Nº 240-SOT yV.-/2017.-

EXPTE. Nº 0516-618/2011.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2017.-

VISTO:

El presente expediente, mediante el cual se tramita el otorgamiento de la Carta de Pago por la cancelación del precio, de un terreno fiscal ubicado en la Localidad de Aguas Calientes, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, y

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución N° 1359 de fecha 04 de Septiembre de 2014 (fs.78/79), se adjudicó en venta a favor de los Sres. VELASQUEZ MIGUEL ANGEL D.N.I. N° 30.662.037 y CAZON MARIELA GRISELDA D.N.I. N° 29.579.315, el terreno fiscal individualizado como: Lote N° 05, Manzana N° 06, Padrón B-14310, Matrícula B­- 12944, ubicado en la Localidad de Aguas Calientes, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy;

Que, el lote fue transferido a la adjudicataria por Escritura Pública de Compraventa N°11, de fecha 16/01/2015;

Que, el precio de venta fue fijado en la suma de PESOS CINCO MIL SESENTA Y OCHO ($ 5.068,00) pagaderos en UNA (01) cuota;

Que, a fs. 71 obra Certificado de Libre Deuda N° 107/2017 emitido por la Dirección Provincial de Rentas, del cual surge que los adjudicatarios han cancelado el monto en su totalidad y no adeudan suma alguna en concepto de tierras fiscales;

Que, conforme Artículo 1017°, inciso “c” del Código Civil y Comercial de la Nación, debe cumplirse con la forma escrituraria para los actos accesorios que se refieran a contratos otorgados mediante escritura pública;

Que, por Decreto N° 4525-ISPTyV-2017 se faculto a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda a la emisión y suscripción de actos administrativos de Escritura de Carta de Pago, arbitrando los medios idóneos a tal fin;

Que, en el Convenio suscripto ‘entre Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda y el Colegio de Escribanos de Jujuy, en fecha 25 de agosto de 2017, se acordó que dichas escrituras de Carta de Pago podrán ser otorgadas por el mencionando Colegio;

Que, teniendo en cuenta el dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Regularización Dominial (fs. 81), la debida intervención de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, compartida por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;

Por ello

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizase a Escribanía de Gobierno de la Provincia de Jujuy y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a otorgar la Escritura de Carta de Pago a favor de los Sres. VELASQUEZ MIGUEL ANGEL D.N.I. N° 30.662.037 y CAZON MARIELA GRISELDA D.N.I. N° 29.579.315, del terreno fiscal individualizado como: Lote N° 05, Manzana N° 06, Padrón B-14.310, Matricula B-12.944, ubicado en Localidad de Aguas Calientes, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publiquese —íntegramente- en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección de Regularización Dominial, siga a Escribanía de Gobierno y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a sus efectos. Remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda a sus efectos.-

 

Ing. Carlos Humberto García

Secretario de Ordenamiento Territorial

y Vivienda