BOLETÍN OFICIAL Nº 141 ANEXO – 16/12/16

DECRETO Nº 875-ISPTyV/2016.-

EXPTE. Nº 615-238/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAR. 2016.-

VISTO:

El “Convenio Marco de Adhesión” celebrado el día 4 de Agosto de 2015 entre la Provincia de Jujuy y la Nación Argentina; y

CONSIDERANDO:

Que el citado “Convenio Marco de Adhesión” fue refrendado a través de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, para la implementación del “Programa de Desarrollo Social de Áreas Fronterizas del Noroeste y Noroeste Argentino con Necesidades Básicas Insatisfechas-Etapa III (PROSOFA III)”, a partir del Contrato de Préstamo Nº  ARG-21/2014, refrendado entre la Nación Argentina y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la cuenta del Plata (FONPLATA), aprobado por Decreto Nacional Nº 709/2015.-

Que el “PROSOFA III tiene por objetivo incrementar la cobertura y mejoras la calidad de los servicios de agua, así como la infraestructura básica y social de pequeñas localidades urbanas, aglomerados rurales y/o colonias agrícolas, en las nueve (9) provincias del norte argentino; cumpliendo con el fin del programa que es contribuir a mejorar el hábitat, para el desarrollo y la inclusión de las localidades beneficiadas.-

Que el “PROSOFA III, precisa para en su ejecución, una unidad ejecutora, integrada por equipos técnicos  multidisciplinarios, que  garanticen la correcta ejecución de las acciones previstas para el desarrollo de los proyectos.-

Que la Provincia de Jujuy creó la “Unidad Ejecutora Provincial de Mejoramiento de los Barrios PROMEBA”, con el dictado del Decreto Provincial Nº 5665-OP-1998, resultando pertinente, asignarle además, las funciones de identificación, ejecución y supervisión de proyectos en el marco de la normativa del “PROSOFA III”, cumpliendo las obligaciones previstas en el  “Convenio Marco de Adhesión” y reglamentación del programa.-

Por lo expuesto, en uso de atribuciones propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Asignase a la Unidad Ejecutora Provincial del Programa de Mejoramiento de Barrio-PROMEBA”, la ejecución del “Programa de Desarrollo Social en Áreas Fronterizas del Noroeste y Noroeste Argentino con Necesidades Básicas Insatisfechas- PROSOFA”, asignándoles las funciones y misiones de identificación, ejecución y supervisión de proyectos en el marcos de la normativa de “PROFOFA”.-

ARTÍCULO 2º.-Registre. Tome Razón Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, y pase al Instituto de Viviendas y Urbanismos de Jujuy. Cumplido, vuelva al Ministerios de Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda, a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR