BOLETÍN OFICIAL Nº 5 – 12/01/18

GOBIERNO DE JUJUY

MINISTERIO DE AMBIENTE

SECRETARIA DE BIODIVERSIDAD

RESOLUCION Nº 167/2016-M.A.-

EXPTE Nº 257-433-2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 OCT. 2016.-

VISTO:

Las actuaciones del Expediente Nº 257-433-2014, Iniciado por: Dirección de Biodiversidad S/Acta de Fiscalización N° 066, de Fecha 22 de Noviembre de 2014- Presunto Infractor Coronel Basilio.

La Ley Provincial de Caza 3014/73, la Ley 5063/98 y sus Decreto Reglamentarios, el Decreto N° 77-A-15 y el Decreto N° 1970-A-16.

CONSIDERANDO:

Que, el 22 de noviembre del año 2014, personal de ésta Secretaria realizó tareas de fiscalización con carácter preventivo en el marco de la Ley N° 3014/73 en la localidad de Libertador General San Martín, Departamento Ledesma, constatando que el Sr. CORONEL BASILIO, DNI N° 16.621.747, llevaba consigo cinco (5) catas que se decomisan en el procedimiento, labrándose el Acta de Infracción N° 066 de fecha 22 de noviembre de 2014, en razón de que su conducta encuadra en la práctica de tenencia/venta ilegal de animales silvestres, transgrediendo la Normativa vigente, especialmente el Art. 7 de la Ley Provincial de Caza 3014/73.-

Que, el Sr. Coronel Basilio se notifica de la infracción que se le imputa, según consta fs. 1, sin formular su descargo alguno.-

Que, analizada las actuaciones por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, entiende que de las constancias de autos surge que la conducta desplegada por el Sr. Coronel Basilio se encuadra en el  Articulo 7° de la Ley 3014 y en el articulo 17 inciso f) del Decreto Ley N° 5096/75, y que impone una sanción de multa que oscila entre los pesos un mil quinientos ($1.500) a pesos  tres mil ($3.000).-

Que, el monto de la multa a aplicarse debe ser de un mil quinientos ($1.500), sugiriendo que debe tenerse en cuenta al momento de determinar la sanción, que el Sr. Coronel Basilio no registra antecedentes como infractor en este organismo, opinión compartida por el área técnica de la Secretaria de Biodiversidad.-

Que, de conformidad al Decreto N° 77-A/2015 que aprueba la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Ambiente, encontrándose acéfala la Secretaria de Biodiversidad por renuncia de su titular conforme Decreto N° 1970-A/2016, de fecha 5 de Septiembre de 2016 corresponde la intervención del Titular del Ministerio de Ambiente.-

Por ello;

LA MINISTRA DE AMBIENTE

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Aplicar al Sr. CORONEL BASILIO, D.N.I. N° 16.621.747, con domicilio calle 18 de noviembre N° 158 de la Localidad de San Pedro, Provincia de Jujuy, la sanción de MULTA equivalente a pesos un mil quinientos( $1.500) por infringir las disposiciones del Articulo 7° de la Ley N° 3014/73 y de conformidad al Articulo 17 inciso f) del Decreto Ley N° 5096/75, tenencia/venta ilegal de animales silvestres, transgrediendo la normativa vigente, e4specialmente Art. 7 de la Ley Provincial de Caza 3014/73 y demás motivos expuestos en el considerando.

ARTICULO 2º: Inscribir en el Registro de Infractores al Sr. CORONEL BASILIO- D.N.I. N° 16.621.747.

ARTICULO 3°: Lo dispuesto por el Artículo 1° del presente acto administrativo deberá ser cumplido en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de su notificación. Vencido dicho plazo sin que el infractor haya verificado el pago de multa, el cobro se efectivizara por vía apremio.

ARTÍCULO 4º: Sobre el decomiso de las  cinco (5) catas, según surge del Acta de Infracción N° 066 de fecha 22 de noviembre de 2014, iniciar las correspondientes actuaciones por la vía pertinente.

ARTÍCULO 5º: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaria notifíquese al Sr. CORONEL, BASILIO al Registro de Infractores de la Secretaria de Biodiversidad, a la Dirección General de Administración, Cumplido. Archívese.-

 

  1. Soc. María Inés Zigaran

Ministra de Ambiente