BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 11/03/11

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1262

San Salvador de Jujuy, 9 mar. 2011.-

VISTO:

La Resolución General Nº 1255/2010;

Y CONSIDERANDO:

Que, la citada norma prevé el cronograma de vencimientos de los tributos por el periodo Fiscal 2011, cuya recaudación está a cargo de la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia.

Que, en el Anexo V, Punto I.a., de dicha Resolución, se establecen tanto las fechas para la presentación de las Declaraciones Juradas mensuales informativas, como el pago de los importes de las retenciones y/o percepciones del impuesto sobre los Ingresos Brutos y Sellos, practicadas por los Agentes designados bajo los Regímenes previstos en las Resoluciones Generales Nº 959/00, 974/01 y modificatorias y 423/89.

Que, en dicho Anexo se fija como fechas de vencimientos para la presentación y pago de las recaudaciones realizadas por el mes de febrero/2011 según la finalización del dígito verificador de CUIT, para los días 09, 10 y 11 de marzo del cte. año.

Que, con motivo del Feriado Nacional decretado para los días 7 y 8 de marzo, que impedirían a los agentes por el escaso tiempo laboral, cumplir con las referidas obligaciones, se considera prudente extender las fechas de vencimiento citadas.

Que, por ello y en uso de las facultades acordadas por el Artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 3202/75 t.o 1998 y modificatorias.

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Considerar en término la presentación de la Declaración Jurada mensual y el pago de las recaudaciones practicadas por los Agentes de retenciones y/o percepciones del impuesto sobre los Ingresos Brutos y Sellos designados bajo los Regímenes previstos en las Resoluciones Generales Nº 959/00, 974/01 y modificatorias y 423/89, correspondiente al mes de febrero de 2011, hasta el día 14 de marzo del corriente año.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria del Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General, Banco Macro. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.

 

C.P.N. Aldo Omar Ferrari

Director

11 MAR. S/C.-