BOLETÍN OFICIAL Nº 2 – 05/01/18

GOBIERNO DE JUJUY

JUZGADO ADMINISTRATIVO DE MINAS

RESOLUCION Nº 166-A-2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC.  2017.-

VISTO Y CONSIDERANDO: 

Que la Ley 6.016 “De modernización de la Administración Pública de la provincia” publicada el 02 de junio de 2017 tiene entre sus ejes el de “gobierno electrónico y nuevas tecnologías de la información y comunicación” (art. 6) mediante la implementación del sistema de gestión documental, expediente electrónico y digitalización de los procesos administrativos (art. 8).

Que el Juzgado Administrativo de Minas ha iniciado el proceso de informatización del Catasto Minero provincial e instrumentación del sistema de información gráfica (GIS) tendiente a la conformación de una base de datos georeferenciada a nivel nacional, en cumplimiento a lo pactado en el “Acuerdo Federal Minero” del 13 de junio de 2017, Cláusulas 24.1 y 24.2, que se encuentra disponible “on line” para los administrados.

Que entre los objetivos trazados para el presente año se encuentra el de notificación electrónica en los expedientes en trámite ante el Juzgado Administrativo de Minas, como paso previo a la implementación del expediente electrónico.-

Que hasta tanto el Gobierno Provincial disponga de los medios tecnológicos para la implementación de un sistema de notificación única electrónica, resulta posible conformar un listado de administrados con denuncia de dirección de correo electrónico (e-mail), a fin de ser notificados por intermedio del correo oficial del Juzgado Administrativo de Minas: jamnotificaciones@mineriajujuy.gob.ar conjuntamente con cédula librada en formato papel, en los casos previstos por el art. 20 del C.P.M.

Por ello, en conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 46-H-65, la Sra. JUEZ ADMINISTRATIVA DE MINAS,

RESUELVE

ARTICULO 1º: Invitar a los administrados que se consideren con derechos mineros, a denunciar por escrito dirección de correo electrónico (e-mail) donde sean notificados los decretos y/o resoluciones en trámites, que deban serlo de conformidad a lo dispuesto por el art. 20 del Código de Procedimientos Mineros.-

ARTICULO 2º: Por Escribanía de Minas tómese razón y agréguese copia en el Libro de Protocolo pertinente y por Mesa de Entradas póngase copia en Estrados del Juzgado. Notifíquese al Sr. Ministro de Desarrollo Económico y Producción y al Sr. Secretario de Minería e Hidrocarburos. Publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Heber del Carmen Meyer

Juez de Minas

29 DIC.  03/05 ENE. /18  S/C.-