BOLETÍN OFICIAL Nº 2 – 05/01/18
EXPTE Nº 1083-27/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 OCT. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese la continuidad del funcionamiento del Centro de Formación Profesional N° 1 de Aulas Talleres Móviles CUE 3800954-00, con las Aulas Talleres N° 1 “Instalaciones Eléctricas, Sanitarias y de Gas Domiciliarias” CUE 3800954-01, N°2 “Informática” CUE 3800954-02, N° 4 “Mantenimiento y Reparación de Automotores y Motos” CUE 3800954-04 y N° 5 “Energías Renovables y Alternativas” CUE 3800954-05, conforme las pautas y lineamientos dispuestos por la Resolución N° 1045-E/14 desde el año 2016 hasta el 2019 y sujeto a evaluación por la Dirección de Educación Técnico Profesional, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Asígnese al Centro de Formación Profesional N° 1 de Aulas Talleres Móviles Un (1) Cargo de Director de 3° Categoría, Un (1) Cargo de Secretario de 3a Categoría, Dos (2) Cargos de Ayudantes de Clases Prácticas y Treinta y Seis (36) Horas Cátedra de Nivel Medio, conforme anexo único que se incorpora como parte del presente acto resolutivo.-
ARTÍCULO 3°.-La erogación que demande el funcionamiento del Centro de Formación Profesional N° 1 de Aulas Talleres Móviles será atendida para los cargos de Director, Secretario, Ayudante de Clases Prácticas y las Treinta y seis (36) Horas Cátedra de Nivel Medio con las partidas presupuestarias asignadas al Ministerio de Educación y para los instructores y/o docentes de formación profesional con fondos pertenecientes al plan de mejora que serán transferidos a la provincia por el Instituto de Educación Tecnológica (INET) a tal fin.-
ARTÍCULO 4°.-Autorízase para el Centro de Formación Profesional N° 1 de Aulas Talleres Móviles la continuidad de implementación de las ofertas formativas de “Montador Electricista Domiciliario”, “Montador Instalaciones Sanitarias Domiciliarias” e “Informática para Administración y Gestión” aprobadas por Resolución N° 2463-E/15 y la implementación de los Cursos de Capacitación Laboral de “Diseño de Páginas Web con HTML”, “C.A.D. – Diseño Asistido por Computadora”, “Armado y Mantenimiento de PC”, “Sistema Operativo LINUX Básico” y “Electricidad”, aprobados por Resoluciones N° 5598-E/17, N° 5591-E/17, N° 5593-E/17, N° 5613-E/17 y N° 5601-E/17 los, respectivamente.-
ARTÍCULO 5°.- Déjase establecido que para la cobertura de las horas cátedra de nivel medio por los instructores y/o docentes de formación profesional se aplicará el procedimiento dispuesto por la Resolución N° 4179-E/16.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación