BOLETÍN OFICIAL Nº 147 – 29/12/17
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 6058
“PRÓRROGA DE LA LEY N° 5900”
Emergencia en materia de Seguridad Pública
ARTÍCULO 1.- Prorróguese la vigencia de la Ley N° 5900, de Emergencia en materia de Seguridad Pública, por el término de dos (2) años, contados a partir de la fecha de su vencimiento.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Diciembre de 2017.-
Dr. Nicolás Martín Snopek
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
C.P.N. Carlos G. Haquím
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. N° 200-847/17.-
CORRESP. A LEY N° 6058.‑
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2017.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Seguridad; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR