BOLETÍN OFICIAL Nº 140 ANEXO – 11/12/17
EXPTE. Nº 1056-9482-16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUL. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promuévase a partir del 01 de enero del 2017 a la Categoría 24 Agrupamientos Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N’ 3161/74, a la SEÑORA EMA LIDIA VIERA; CUIL N° 27-12855719-7, Portero Titular. Categoría 15 del Escalafón General en la Escuela Profesional. N” 3, dependiente del Ministerio de Educación, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3º Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, reglamentario de la Ley N’ 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2017.- Gastos de Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Calculo de Recursos Ley N° 6001, para la U. de O.: “F4”- Secretaria de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesorero- denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley 5502”.-
ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3°, Anexo 1, del Decreto N° 8865-H-07, a .cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 100 bis de la Ley N° 3161/74 modificado por Ley N° 5.748/12.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. GERARDO MORALES
GOBERNADOR