BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 06/12/17

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PUBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU).-

RESOLUCION  Nº 216-SUSEPU.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 NOV. 2017.-

Cde. Expte. Nº 0630-214/2017.-

VISTO:

El Expediente de referencia caratulado: “Cde. a Notar Nº 492/2017 Ministerio de Infraestructura-Secretaria de Energía Remite Copia Decreto Nº 3526-ISPTYV-2017 S/ Reglamentación del Cargo FOPEJ y Modalidad de Percepción”; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Notar Nº 492/2017, el Sr. Secretario de Energía del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda remite copia del Decreto Nº 3526-ISPTyV de fecha 20 de Abril de 2017 para conocimiento de este Organismo.-

Que, por el citado acto administrativo el Sr. Gobernador de la Provincia, CPN Gerardo Rubén Morales, dispone incorporar en concepto de aporte al Fondo Provincial de Energía Eléctrica de Jujuy (FOPEJ) creado por Ley Nº 4.888, un importe que se denominará CARGO FOPEJ y designa a EJE SA como agente de percepción del mismo, autorizando su inclusión en las facturas del servicio de energía eléctrica.-

Que, asimismo, instruye a la Secretaria de Energía a realizar los actos y dictar las normas necesarias para hacer efectivo el mencionado aporte.-

Que, en dicho contexto, en fecha 30 de Octubre del corriente año, el Sr. Secretario de Energía remite Notar Nº 1113/2017, por la cual solicita a esta SUSEPU proceda al llamado de Audiencia Pública a los efectos de dar debido cumplimiento a lo establecido por Decreto Nº 3526-ISPTyV/2017.-

Que, a tales fines, acompaña las Bases Conceptuales del Cargo FOPEJ en las cuales sustenta su implementación, la metodología de cálculo y propuesta de inclusión en la factura de energía eléctrica.-

Que, en fecha 01 de Noviembre de 2017, el Sr. Gerente Técnico de Servicios Energéticos informa que la propuesta efectuada por la Secretaría de Energía se ajusta en general a los principios tarifarios básicos establecidos en el Contrato de Concesión de EJESA, y que se encuentra en condiciones para iniciar el proceso de convocatoria a la respectiva Audiencia Pública.-

Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 3526-ISPTyV/2017; en cumplimiento del Artículo 58 de la Ley Nº 4.888 “Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Jujuy”, que ordena difundir públicamente las modificaciones tarifarias y convocar a Audiencia Pública al efecto; y el Decreto Nº 6639-PMA-2006 que dispone que las Audiencias Públicas a llevarse a cabo en la Provincia de Jujuy se regirán por la Ley Nº 5.317; resulta necesario convocar a Audiencia Pública para el día 18 de Diciembre del año 2017.-

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.– Convocar a AUDIENCIA PUBLICA, la que tendrá por objeto poner a consulta de la opinión pública la instrumentación del Cargo FOPEJ en la factura del servicio de energía eléctrica, propuesta por la Secretaria de Energía de la Provincia, conforme a los antecedentes agregados en el Expediente Nº 0630-214/2017.-

ARTICULO 2°.- La Audiencia Pública convocada se llevará a cabo el día 18 de Diciembre de 2017, a horas 09,00 en las instalaciones del Cine Teatro Municipal SELECT, sito en calle Gral. Alvear Nº 665 de esta ciudad capital. Se hace saber que  su procedimiento se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 5.317 y las normas de funcionamiento que como Anexo I forman parte de la presente.-

ARTICULO 3º.– Conforme lo autoriza el Artículo 2º de la Ley Nº 5.317, designar como INSTRUCTOR COORDINADOR al Sr. Presidente del Organismo, Ing. Esp. Héctor Rafael Simone, disponiendo que ante razones extraordinarias o de fuerza mayor, el Presidente de la SUSEPU, en su función de Instructor Coordinador para el que fuera designado, será reemplazado por el Vocal 1º, CPN Oscar Raúl Congiu, y éste, por el Vocal 2º, Ing. Agr. Héctor Aníbal Pérez, mientras dure la ausencia transitoria o impedimento que la motiva, o hasta tanto se produzca su cobertura, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 5.317.-

ARTÍCULO 4º.- Designar como Instructores Administrativos y Consultores a los siguientes profesionales: Ing. Jorge Guillermo Cheli-Gerente Técnico de Servicios Energéticos- y Dra. Ana Inés Melé – Jefe del Dpto. Legal.-

ARTICULO 5º.- En cumplimiento de lo establecido por el Artículo 9º de la norma citada y por los fundamentos esgrimidos en los considerandos, difundir la convocatoria a Audiencia Pública, ordenando su publicación por tres (3) veces en el Boletín Oficial y en diarios de circulación de la Provincia, así como su emisión en radios locales.-

ARTICULO 6º.– Quienes deseen incorporarse como participantes de la Audiencia Pública deberán realizar sus presentaciones de conformidad a los Artículos 10º y 11º de la Ley Nº 5.317, hasta el día 28 de Noviembre de 2017 inclusive, o primer día hábil siguiente si éste fuere declarado inhábil, en la Oficina Administrativa Habilitada en Sede de la SUSEPU, sita en calle Gral. Alvear Nº 1243, de Lunes a Viernes, en el horario de 8,00 a 13,00 hs.-

ARTICULO 7º.- Todos los antecedentes y la documentación que dieran origen a la AUDIENCIA PUBLICA convocada con la finalidad de someter a consideración de la opinión pública la instrumentación del Cargo FOPEJ en la factura del servicio de energía eléctrica, propuesta por la Secretaria de Energía de la Provincia, agregados en el Expediente Nº 0630-214/2017, se encuentran a disposición de los interesados en la página web de este Organismo: www.susepu.jujuy.gob.ar, en el link Audiencia Pública y en las oficinas de esta Superintendencia.-

ARTICULO 8º.- Solicitar al Sr. Presidente de la Legislatura de la Provincia, CPN Carlos Haquim, que tenga a bien autorizar al personal del Cuerpo de Taquígrafos de ese Poder, para que en virtud de lo establecido por el Artículo 17º de la Ley Nº 5.317, labren versión taquigráfica de lo acontecido en la Audiencia Pública.-

ARTICULO 9º.- Publicar en el Boletín Oficial. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos, del Usuario y Dpto. Legal. Remitir copia a: Legislatura de la Provincia de Jujuy, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Defensor del Pueblo de Jujuy y EJE S.A. Cumplido archívese.-

 

Ing. Esp. Héctor Rafael Simone

Presidente

 

ANEXO I

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

ARTICULO 1°.- Habilitar el REGISTRO DE PARTICIPANTES de la AUDIENCIA PUBLICA, convocada para poner a consulta de la opinión pública la instrumentación del Cargo FOPEJ en la factura del servicio de energía eléctrica, propuesta por la Secretaria de Energía de la Provincia; desde el 08/11/2017 al 28/11/2017 inclusive, o primer día hábil siguiente si éste fuere declarado inhábil, hasta horas 13:00.-

ARTICULO 2°.- Sin perjuicio de las publicaciones ordenadas en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 9º de la Ley Nº 5.317, la presente convocatoria a Audiencia Pública se difundirá por todos los medios que contribuyan a su mayor conocimiento por parte de la población.-

ARTICULO 3º.- De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 11º de la Ley 5.317, los participantes de la Audiencia Pública podrán presentar sus opiniones, por escrito, sobre el tema a debatir, acompañando las pruebas o documentos con que cuenten, solicitando la producción de pruebas respectivas, hasta el día 28 de Noviembre de 2017 inclusive, o primer día hábil siguiente si éste fuere declarado inhábil, en la Oficina Administrativa Habilitada en Sede de la SUSEPU, sita en calle Gral. Alvear Nº 1243, de Lunes a Viernes, en el horario de 08:00 hs. a 13:00 hs.-

ARTICULO 4º.- Los participantes deberán constituir domicilio legal en un radio de tres (3) kilómetros del asiento de la SUSEPU, donde serán válidas todas las notificaciones.-

ARTICULO 5º.- Podrá ser participante toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva, relacionado con la temática de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas participan por medio de sus representantes, acreditando personería mediante el instrumento legal correspondiente -debidamente certificado-. Las Asociaciones de Usuarios deberán presentar constancia de su reconocimiento ante la Autoridad de Aplicación Provincial, conforme lo establecido por la Ley Nº 24.240.-

ARTICULO 6º.- La Oficina Administrativa habilitada facilitará a los interesados un FORMULARIO DE INSCRIPCIÒN para su participación en la Audiencia Pública, en el que se consignarán todos los datos requeridos; entregando un CERTIFICADO DE INSCRIPCION en el que constará el número de inscripción en el Registro de Participantes, que es el mismo que le corresponderá en su exposición en el transcurso de la Audiencia Pública, y la recepción de informes y documentos.-

ARTICULO 7º.- Poner a disposición de los interesados para su consulta en la Oficina Administrativa habilitada al efecto el Expediente de la Convocatoria a Audiencia Pública, en legajo de copias, y la documentación técnica respectiva. Sin perjuicio de lo cual, los interesados contarán con la documentación que sustente la instrumentación del Cargo FOPEJ en la factura del servicio de energía eléctrica, propuesta por la Secretaria de Energía de la Provincia, en la página Web del Organismo: www.susepu.jujuy.gob.ar como así también a todos aquellos participantes que lo deseen, se les suministrará una copia de la documentación citada, en soporte magnético.-

ARTICULO 8º.– Conforme lo establecido en el Articulo 15º de la Ley Nº 5.317, los participantes de la Audiencia Pública formularan sus conclusiones, según el Orden del  Día que confeccionará el Instructor Coordinador en los términos del Artículo 14º de la mencionada ley y por el término de quince (15) minutos. Aquellos que requieran de un tiempo mayor, deberán solicitarlo al momento de la inscripción en el Registro habilitado a tal efecto y justificar su pedido, el que será resuelto por el Sr. Instructor Coordinador.-

 

Ing. Esp. Héctor Rafael Simone

Presidente

01/06/11 DIC. LIQ. 12583-12603-12604 $360,00.-