BOLETÍN OFICIAL Nº 134 ANEXO – 24/11/17
EXPTE Nº 0516-705/1994.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Dejase sin efecto, a partir de la fecha del presente, la adjudicación dispuesta por el Artículo 1º del Decreto Nº 2977-H/2001 a favor de la Sra. MIRIAM MABEL AMADOR, D.N.I. Nº 16.991.394, y de la Sra. MARÍA ALINA ORTEGA D.N.I. Nº 3.322.578, del Lote 11, Manzana 571, Padrón A-75278, ubicado en Bº Alto Comedero, Departamento Dr. Manuel Belgrano.-
ARTÍCULO 2º.-Adjudícase a favor de la señora MARÍA ALINA ORTEGA, D.N.I. Nº 3.322.578, el Lote 11, Manzana 571, Padrón A-75278, ubicado en Bº Alto Comedero, Departamento Dr. Manuel Belgrano.-
ARTÍCULO 3º.-Establécese que el precio del Lote se encuentra CANCELADO en su totalidad, no adeudándose suma alguna en concepto de tierras fiscales.-
ARTÍCULO 4º.-La adjudicación dispuesta por el presente Decreto queda sujeta a las disposiciones de la Ley Nº 3169/74 – Régimen de Tierras Fiscales -, sus modificatorias y Decretos reglamentarios, quedando excluido el adjudicatario y su grupo familiar de los programas de viviendas y/o loteos fiscales urbano que inicien o ejecuten organismos nacionales, provinciales y/o municipales dentro del territorio de la Provincia de Jujuy.-
ARTÍCULO 5º.-Exceptúase de las exclusiones dispuestas en el artículo anterior, únicamente los programas oficiales para la construcción de viviendas que requieran la utilización del terreno.-
ARTÍCULO 6º.-Por Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos se extenderá la respectiva escritura traslativa de dominio.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR