BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 17/11/17

RESOLUCION N° 7239-E/17.-

EXPTE. N°1082-402/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 OCT. 2017.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.-Apruébese el PLAN INTEGRAL DE MEJORA DEL SISTEMA FORMADOR PROVINCIAL, que como Anexo I forma parte de la presente resolución, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.-Establécese que en el marco de la implementación del PLAN INTEGRAL DE MEJORA DEL SISTEMA FORMADOR PROVINCIAL, aprobado en el Artículo 1° del presente acto resolutivo, se garantizará la estabilidad laboral y los derechos y garantías laborales, individuales o colectivos, que consagra la legislación vigente a todos los docentes titulares e interinos designados sin fecha de baja, que se encuentren involucrados.-

ARTÍCULO 3°.-Créase el Instituto de Educación Superior N° 12, ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, el cual tendrá las características establecidas en el NUEVO MODELO ORGANIZATIVO Y PEDAGÓGICO, que integra el Anexo I del presente acto resolutivo.-

ARTÍCULO 4°.-Apruébese el Documento MARCO REGULATORIO PARA LA REASIGNACIÓN DE FUNCIONES Y TAREAS ESPECIFICAS DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, que como Anexo II forma parte de la presente resolución.-

ARTÍCULO 5°.-Dispónese la suspensión transitoria de la inscripción para cursar el 1° año de las carreras Profesorados de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Física, Educación Secundaria en Ciencias de la Administración, en Ciencia Política y en Economía, en los Institutos de Educación Superior de gestión estatal y privada de la provincia, a partir del inicio del termino lectivo 2018, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 6°.-Dispónese la reasignación de funciones del personal docente de los Institutos de Educación Superior de gestión estatal de la provincia que implementan las carreras Profesorados de Educación Inicial, Educación Primaria y Educación Física, a partir de inicio del termino lectivo 2018, conforme al Documento MARCO REGULATORIO PARA LA REASIGNACIÓN DE FUNCIONES Y TAREAS ESPECIFICAS DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, que como Anexo II forma parte de la presente resolución.-

ARTÍCULO 7°.-Dispónese que en el marco de la implementación del PLAN INTEGRAL DE MEJORA DEL SISTEMA FORMADOR PROVINCIAL, aprobado en el Artículo 1° del presente acto resolutivo, el Instituto de Educación Superior N° 3 asumirá la función de formación docente continua y apoyo pedagógico a escuelas como actividad exclusiva.-

ARTÍCULO 8°.-Suspéndase en el Instituto de Educación Superior N° 3, ad referéndum del Poder Ejecutivo, la aplicación del Decreto N° 7320-G/03 y sus modificatorias, en lo que respecta al sistema electoral, manteniéndose en el ejercicio de las funciones de Rector y Vice Rector a las actuales autoridades hasta nueva disposición, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 9°.-Dispónese que a partir de inicio del termino lectivo 2018, los Institutos de Educación Superior de gestión estatal de la provincia que implementan los profesorados de Educación Secundaria en Ciencias de la Administración, en Ciencia Política y en Economía, reconvertirán dichas ofertas en carreras de formación técnica, reubicando en las mismas al personal docente en disponibilidad o pendiente de reubicación, conforme al Documento MARCO REGULATORIO PARA LA REASIGNACIÓN DE FUNCIONES Y TAREAS ESPECÍFICAS DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, que como Anexo II forma parte de la presente resolución.-

ARTÍCULO 10°.-Dispónese que los Institutos de Educación Superior de gestión privada de la provincia que implementan los profesorados de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria en Ciencias de la Administración y en Ciencia Política reconvertirán dichas ofertas en carreras de formación técnica.-

ARTÍCULO 11°.-Dispónese que el plazo de presentación de nuevas ofertas de tecnicatura superior será hasta el 30 de Noviembre de 2017, en los supuestos previstos en los artículos precedentes.-

ARTÍCULO 12°.-Dispónese la suspensión transitoria de la inscripción para cursar el 1º año de las carreras Profesorados de Educación Secundaria en Lengua y Literatura y Educación Secundaria en Matemática; en el Instituto de Educación Superior N° 5, a partir del inicio del termino lectivo 2018, debiendo reasignarse las funciones del personal docente en los Departamentos de Formación Continua y Desarrollo Profesional e Investigación, conforme al Documento MARCO REGULATORIO PARA LA REASIGNACIÓN DE FUNCIONES Y TAREAS ESPECÍFICAS DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, que como Anexo II forma parte de la presente resolución.-

ARTÍCULO 13°.-Dispónese la implementación de las carreras Profesorados de Educación Secundaria en Lengua y Literatura y Educación Secundaria en Matemática en el Instituto de Educación Superior N° 12 creado por el Artículo 3º del presente acto resolutivo, a partir de la cohorte 2018.-

ARTÍCULO 14°.- Dejase establecido que en caso de producirse vacantes en las carreras de formación docente comprendidas en el PLAN INTEGRAL DE MEJORA DEL SISTEMA FORMADOR PROVINCIAL, en los Institutos de Educación Superior de gestión estatal, las mismas deberán ser cubiertas con los agentes cuyas funciones fueron reasignadas conforme al Documento MARCO REGULATORIO PARA LA REASIGNACIÓN DE FUNCIONES Y TAREAS ESPECÍFICAS DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR aprobado por el Artículo 4° del presente acto resolutivo, conforme a normativa vigente.-

ARTICULO 15°.-Designase Responsable de la Ejecución del PLAN INTEGRAL DE MEJORA DEL SISTEMA FORMADOR PROVINCIAL a la Secretaría de Gestión Educativa a través de la Dirección de Educación Superior.-

ARTICULO 16°.-Facultase a la Secretaría de Gestión Educativa a dictar los actos administrativos que resulten necesarios para la implementación de lo dispuesto en el presente acto resolutivo.-

ARTICULO 17°.-Procédase a notificar por Jefatura de Despacho de la presente resolución a la Secretaria de Gestión Educativa y a la Dirección de Educación Superior.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación