BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 30/11/16

RESOLUCION Nº 0361-DPGDFH/2016.-

EXPTE. N° 0739-109/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 NOV.  2016.-

VISTO:                                                                                                                                                                                                                                                        

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo Categoría 13 (c-4) de ENFERMERA/O PROFESIONAL – Agrupamiento Técnico para el HOSPITAL “NSTRO. SEÑOR DE LA BUENA ESPERANZA” de la Localidad de Esperanza, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTE Y OPOSICION; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra solicitud formal de las autoridades del Hospital y el visto bueno del Señor Director Provincial de Hospitales;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad del cargo a cubrir a fojas 11 y 12;

Que, a los fines de la cobertura de los cargos de Técnicos y Auxiliares que rigen las disposiciones establecidas por Resolución Nº 000618-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION – CLASE CERRADO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618-S-2016, para la cobertura del siguiente cargo: AREA PROGRAMATICA N° VIII HOSPITAL “NTRO. SEÑOR DE LA ESPERANZA” LA ESPERANZA UN (1) CARGO DE ENFERMEROS/AS PROFESIONALES CATEGORIA 13 (c-4) AGRUPAMIENTO TÉCNICO PARA CUMPLIR FUNCIONES EN LOS PUESTOS DE SALUD.-

ARTICULO 2º.- Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.-Fotocopia del Titulo de Enfermero Profesional expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora. (Autenticado por Escribano Publico).

2.-Fotocopia del Titulo Analítico. (Autenticado por Escribano Publico).

3.-Fotocopia de la Constancia de Matricula o Registro Habilitante emitida por Ministerio de Salud.

4.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso).

5.-Planilla Prontuarial, original y fotocopia certificada actualizada (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).

6.- Certificado de Residencia expedido por la Policía de Jujuy (Validez de seis (6) meses desde la fecha de su emisión).

7.-Constancia de C.U.I.L.

8.- Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).

9.- Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.

10.-Certificado de Trabajo (Anexo V) del Hospital “Ntro. Sr. de la Esperanza”.

11.-Evaluación Conceptual del Desempeño Individual (Cada Certificado de Servicio deberá ir acompañado por Evaluación conceptual).-

ARTÍCULO .- Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma: APERTURA DE INSCRIPCIÓN: 16 de Noviembre de 2016; CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 30 de Noviembre de 2016.

– 30 de Noviembre al 02 Diciembre de 2016: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos, a partir de horas 14,00. Igual periodo para la impugnación de la nomina.

A partir del 12 de Diciembre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; evaluación técnica, entrevista, confección de listado del orden de merito por antecedentes y de postulantes excluidos.

El Jurado Evaluador determinara la fecha de la Evaluación Técnica.-

ARTÍCULO 4º.- Los antecedentes deberá ser presentados en el HOSPITAL “NTRO. SR. DE LA BUENA ESPERANZA” en el HORARIO DE 8.30 a 13.00.-

ARTÍCULO .-La inscripción de los postulantes será personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán el carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTÍCULO 6º.- Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecidos en el artículo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 618-S/16.

Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevaran a no considerar el antecedente declarado.-

Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTÍCULO 7°.El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTÍCULO 8°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecida por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-

ARTÍCULO 9º.- La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el tramite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-

Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como valida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectué mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Pagina WEB respectiva.-

ARTÍCULO 10°.- No podrá participar del presente concurso: 1.- Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en alguna de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio.-

ARTICULO 11º.- El Tribunal estará constituido por: 1.-EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: LIC. MARGARITA GALIAN; SUPLENTE: LIC. FLORENCIA ORELLANA 2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “NSTRO. SR. DE LA ESPERANZA”: TITULAR: LIC. MARTA ISABEL BATALLANOS; SUPLENTE: DRA. MARIA EVANGELINA VECHETTI 3.-EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE ENFERMERÍA: TITULAR: LIC. SUSANA SUELDO; SUPLENTE: LIC. BASÍLICA BEJARANO.-

ARTICULO 12º.- La representación de los veedores de ATSA, UPCN y ATE se consignara a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del Gremio donde autoriza a participar del presente concurso.

ARTICULO 13º.- Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.- Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 6 de la presente Resolución.

2.- Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-

3.- Evaluación Técnica.-

4.- Entrevista Personal.-

5.- El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.- Todo ello, de conformidad a las previsiones de los art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 000618-S-201) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTÍCULO 14º.- El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:*En el AREA PROGRAMATICA Nº VIII- HOSPITAL “NSTRO. SR. DE LA ESPERANZA” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo. * Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa. * Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.

ARTICULO 15º.- Los postulantes se darán por notificados de todo el proceso de la convocatoria, con la simple publicación de las Actas en el lugar designado por la Dirección Provincial de Gestión de y Desarrollo del Factor Humano y en el Hospital “Nstro. Sr. de la Esperanza”.

ARTICULO 16º.- Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL, y copia de la Resolución a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación y Políticas Sanitarias, Soporte del Sistema de Salud, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS, Hospital “Nstro. Sr. de la Esperanza”, Lic. Galian del Hospital “Wenceslao Gallardo”, Lic. Orellana del Centro Sanitarios y a los Gremios de ATSA, ATE Y y UPCN”. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano