BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 06/11/17

RESOLUCION Nº 0366-DPGDFH/2017.-

EXPTE Nº 0773-0392/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 OCT. 2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo de MEDICO/A FISIATRA en Categoría A-30HS., Agrupamiento Profesional-Leyes N° 4135 y 4418/1988 para la DIRECCION DE REHABILITACION dependiente de la SECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICAS SANITARIA de esta Ciudad, mediante llamado a Concurso Extraordinario de Antecedentes y Oposición; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra solicitud formal de las autoridades de la Dirección de Rehabilitación y visto bueno del Señor Ministro de Salud;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;

Que, a los fines de la cobertura de los mencionados cargos, resulta procedente el llamado a concurso de Antecedentes y Oposición de conformidad a lo establecido por las Leyes N° 4135/1984, su modificatoria N° 4418/1988 y su Decreto Reglamentario N° 4918/1986;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-CONVOCAR a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley N° 4135/84, modificada por la Ley N° 4418 y su decreto Reglamentario, para la cobertura del siguiente cargo: SECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICAS  SANITARIA DIRECCION DE REHABILITACION SAN SALVADOR DE JUJUY UNO (1) CARGO DE MEDICA/O FISIATRA EN CATEGORIA A-30HS. PARA ATENDER NIÑOS Y ADULTOS CON DISCAPACIDAD AGRUPAMIENTO PROFESIONAL 4135.-

ARTICULO 2°.-El concurso que alude el artículo anterior, será de clase EXTRAORDINARIO O ABIERTO, y podrán participar en el mismo los postulantes que reúnan los siguientes requisitos:

  1. FOTOCOPIA CERTIFICADA POR ESCRIBANO PÚBLICO DEL TÍTULO PROFESIONAL, habilitante expedido por Universidad Nacional, Provincial, Pública Privada debidamente reconocida o de Universidades Extranjeras revalidados en conformidad a las disposiciones legales pertinentes.-
  2. CONSTANCIA ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA DE MATRÍCULA HABILITANTE expedida por el Consejo de Médicos de la Provincia de Jujuy, con validez de seis (6) meses desde la fecha de emisión.
  3. FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (anverso y reverso).-
  4. PLANILLA PRONTUARIAL- FOTOCOPIA, emitida por la Policía de la Provincia de Jujuy y con validez de Seis (6) meses desde la fecha de emisión.
  5. Constancia de C.U.I.L.-
  6. Certificado de Residencia- original, emitido por la Policía de Jujuy y con validez de SEIS (6) meses desde la fecha de su emisión.-
  7. Constancia de NO poseer SUMARIO ADMINISTRATIVO original, emitida por el Departamento de Sumarios y Dictámenes de la Dirección Provincial de Personal.-
  8. ACREDITAR, Residencia completa en Fisiatría.-
  9. El postulante que acredite Antecedentes Laborales en Centros de Rehabilitación para pacientes niños y/o adultos con discapacidad, como mínimo un (1) año, se le adicionara un 20% más al puntaje total de antecedentes.-
  10. Curriculum Vitae con la documentación personal y de capacitación acreditantes.-

Toda la documentación requerida deberá estar ordenada teniendo en cuenta la nómina de los requisitos que se detallan en la solicitud de inscripción. En caso de copias, deberán estar certificadas por Escribano Publico o por personal autorizado de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano. La certificación de cursos deberá contar con las firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y Organismos oficiales o, en su caso, con la correspondiente personería jurídica de la Institución para ser consideradas al momento de otorgar el puntaje de las mismas. Solo se puntuarán las capacitaciones que sean pertinentes al cargo que se concursa.-

ARTÍCULO 3°.- No podrán participar del presente concurso:

  1. Los profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-
  2. El que estuviere incurso en algunas de las disposiciones contenidas en el artículo 80 de la Ley N° 4135/84.-

ARTÍCULO 4°.-Excepcionalmente el Examen Psicofísico se exigirá con posterioridad a los postulantes que resultaren primeros en el Orden de Mérito Definitivo, el que estará supeditado a la aprobación conforme su aptitud para el desempeño de la tareas inherentes a la función que desempeñara el/los agentes. El referido Examen deberá ser expedido y/o visado por el Centro Sanitario “Dr. Carlos Alvarado” del Ministerio de Salud de la Provincia. El formulario será entregado en la Área Concurso de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y tendrá diez (10) días hábiles para presentarlo, cumplido este plazo sin su presentación se dispondrá el ofrecimiento del cargo al postulante que siguiere en el orden de mérito.-

ARTÍCULO 5°.- La inscripción de los postulantes será personal o por tercero autorizado con poder otorgado ante escribano  público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán el carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTÍCULO 6°.-La inscripción en la presente convocatoria implica que el aspirante conoce y acepta las condiciones establecidas en la normativa vigente y en la presente Resolución.-

ARTÍCULO 7° Las instancias evaluativas del concurso serán de antecedentes y de oposición si se dan los supuestos que dispone las ley N° 4135/1984, su modificatoria N° 4418/1988 y su Decreto Reglamentario N° 4918/1986.-

ARTÍCULO 8°.-EL TRIBUNAL estará constituido por:

  1. EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD: TITULAR: DRA. BEATRIZ ROBLEDO SUPLENTE: DR. BERNABE MOLINA.-
  2. EN REPRESENTACION DE LA DIRECCION DE REHABILITACION:

TITULAR: DRA. ANA VERONICA CURET    SUPLENTE: DRA. ANA MARIA GARIGLIO.-

  1. EN REPRESENTACION DEL CONSEJO DE MEDICO DE LA PROVINCIA DE JUJUY:

TITULAR: DRA. EVELINA MARIA D.L.GRAFFIGNA SUPLENTE: DRA. SANDRA LORENA SANDOVAL.-

  1. EN REPRESENTACION DEL COLEGIO DE MEDICO DE JUJUY: A CONFIRMAR.-

ARTÍCULO 9°.-La participación del veedor de APUAP se consignara a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del Gremio que lo faculta a participar del mencionado concurso.

ARTÍCULO 10°.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

  • APERTURA DE INSCRIPCION: 17 DE OCTUBRE DE 2017
  • CIERRE DE INSCRIPCION: 15 DE NOVIEMBRE DE 2017

El 16 de Noviembre de 2017: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación de la nómina.-

  • A partir del 17 de Noviembre de 2017: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.-

En el caso de pasar a la Instancia de Oposición el Tribunal Evaluador determinara fecha y modalidad de la misma y posteriormente emitirá el Orden de Mérito Definitivo.-

ARTÍCULO 11°.-INSCRIPCION; en las fechas establecidas precedentemente y en el horario de 8,30 a 13,00 horas en dependencias del Área de Secretaria de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano sito en Avda. Italia esquina Independencia de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, se recibirá la documentación presentada por los postulantes, de conformidad al siguiente procedimiento:

  1. Cada hoja será foliada y ensobrada para que posteriormente se proceda a cerrar el sobre, firmando ambos en la solapa del mismo (postulante y agente de oficina receptora).-
  2. Se deberá entregar al postulante una “constancia” que acredite la inscripción y el número de fojas correlativas presentadas.-
  3. El sobre cerrado será guardado en la Dirección hasta el momento de la apertura de los mismos por el jurado designado.-
  4. Al cierre de la inscripción, la Dirección labrará un acta dando cuanta de la nómina de postulantes inscriptos, la fecha y hora de recepción de la documentación, la cantidad de fojas que se adjuntan en cada carpeta, si existen reclamos o peticiones ingresadas con motivo del concurso.-
  5. También al cierre de la inscripción, la Dirección comenzará a exhibir la nómina de postulantes.-

ARTÍCULO 12°.- El/la que sea declarado ganador/a deberá desempeñar sus funciones en:

  • En el DIRECCION DE REHABILITACION SECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICAS SANITARIA o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.-
  • Inherentes a su capacitación profesional y al cargo que concursó.-
  • Asignadas por el Jefe Superior inmediato y en horarios reglamentarios que fueran necesarios para el mejor funcionamiento y necesidad del servicio.-
  • De docencia y de capacitación interna y externa necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-

ARTICULO 13°.-Comuníquese, publíquese, regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación al BOLETIN OFICIAL, a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial de Hospitales, Dirección Provincial de APS y Acción Comunitaria, Dirección de Rehabilitación, al Consejo de Médicos de la Provincia de Jujuy, Colegio de Médicos de Jujuy y APUAP. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano