BOLETÍN OFICIAL Nº 6 – 16/01/12

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1278/12.-

San Salvador de Jujuy, 10 Ene. 2012.-

VISTO:

La Ley Nº 5611/2009 y las Resolución General Nº 1274/2011, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 5611/2009, en su Título I, incorpora al Código Fiscal-Ley Nº 3205/75 y modificatorias el Art. 116º BIS, que establece “ Bonificación en el pago del Impuesto Anual: Veinte por ciento (20%), siempre que el mismo se cancele en su totalidad hasta la fecha correspondiente al vencimiento del primer anticipo fijado por la Dirección Provincial de Rentas y el sujeto pasivo tenga regularizada su situación fiscal por los períodos exigibles correspondientes al inmueble por el que abonará el total del tributo”.-

Que, existen numerosos pedidos efectuados por los contribuyentes que abonan el Impuesto Inmobiliario en doce anticipos mensuales, para gozar del beneficio del pago anticipado en el período fiscal 2012.-

Que, a fin de garantizar la igualdad entre todos los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario, resulta necesario el dictado de un acto administrativo para ampliar el plazo para acogerse al citado beneficio;

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: Ampliar el plazo para acogerse al Beneficio del Veinte por ciento (20%) en el pago del impuesto anual en concepto de Impuesto Inmobiliario para aquellos contribuyentes que abonan el mismo en doce (12) anticipos.-

ARTÍCULO 2º: Considerar en término el pago del primer y segundo anticipo del Impuesto Inmobiliario de los contribuyentes indicados en el artículo precedente hasta la fecha establecida para el vencimiento del anticipo 3/12, según lo dispuesto por Resolución General Nº 1274/2011.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaría de Ingresos Públicos y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. Silvia E. Sánchez

A/C de la Direc. Pcial de Rentas

16 ENE. S/C.-