BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 07/03/12

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1286

San Salvador de Jujuy, 6 MAR. 2.012.-

VISTO

El Código Fiscal Ley 3202 y modificatorias, la Ley Impositiva Nº 4652 y sus modificaciones, la Ley 5514, las Resoluciones Generales Nº  1213/2009 y 1270/2011; y

CONSIDERANDO

Que, por Resolución General Nº 1213/2009 se aprobó el ANEXO “Nomenclador de Actividades”, para la codificación de actividades que desarrollan los contribuyentes de los tributos cuya determinación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de la Dirección Provincial de Rentas;

Que la citada Resolución General actualizó las alícuotas fijadas por la ley 5514/2009;

Que, como consecuencia de la implementación de la Declaración Impositiva Unificada (DIU) se ha verificado que, por un error involuntario, no se ha actualizado en el Anexo de la Resolución General 1213 la modificación de la alícuota correspondiente a las actividades relacionadas con la explotación de juegos de azar en sus distintas modalidades;

Que resulta necesario subsanar la inconsistencia detectada;

Que, en virtud de las facultades otorgadas a ésta Dirección por el artículo 10 del Código Fiscal (Ley3202/75 T.O. 1.988 y sus modificaciones), para dictar normas generales, y obligatorias en cuanto a la forma y modo que deben cumplirse los deberes formales por parte de los contribuyentes y/o responsables.

Por ello:

EL  DIRECTOR  PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTICULO 1º.- ANULAR los códigos de las actividades que a  continuación se describen por establecer alícuotas desactualizadas: Código 924910 Descripción Servicios de esparcimiento relacionadas con juegos de azar y apuestas Observación alic 20, 00.- Código 924920 Descripción Servicios de salones de juegos Observación  (Incluye salones de billar, pool, bowling, juegos electrónicos, etc.) alic 20,00.- Código 924990 Descripción Servicios de entretenimiento n.c.p. alic 20,00.-

ARTÍCULO 2º.- INCORPORAR  los códigos de actividad que a continuación se detallan con las modificaciones de alícuotas correspondientes con vigencia a partir del 01/08/2006: Código 924911 Descripción Servicios de esparcimiento relacionadas con juegos de azar y apuestas Observación (Incluye salones de juego) alic 5,00.- Código 924921 Descripción Servicios de salones de juegos Observación (Incluye salones de billar, pool, bowling, juegos electrónicos, etc.) alic 5,00 Código 924991 Descripción Servicios de entretenimiento n.c.p. alic 5,00

ARTICULO 3º.- Comuníquese a Secretaría de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas, Contaduría General de la Provincia.  Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley.  Tomen razón, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías.  Cumplido, archívese.

 

C.P.N. Silvia E. Sanchez

Jefe Dpto. Fiscalización A/C de la Direc. Pcial. de Rentas

07 MAR. S/C.-