BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 01/09/17

RESOLUCION N° 489-DPRH/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 AGO. 2017.-

VISTO:

El expediente N° 0613-510/2011, en el que la firma SALES DE JUJUY S. A., solicita la concesión de agua para uso minero en la zona de Olaroz, Departamento Susques; y

CONSIDERANDO:

Que, la empresa SALES DE JUJUY S.A. solicita la concesión del uso de agua, con destino de explotación para continuar con el desarrollo del Proyecto Olaroz, con un caudal de 70 L/seg, individualizando los pozos sobre los cuales requiere la misma (fs. 244/247- 282/297 y 299/306);

Que, analizada la documentación presentada, la Jefatura del Área Recursos Hídricos, recomienda otorgar “Concesión Eventual” de hasta 70 L/seg, por un período no superior a 30 años, sobre los pozos individualizados por la requirente, toda vez que las mediciones y  los ensayos efectuados no garantizan la disponibilidad del recurso a futuro siendo necesario aforos sistemáticos y continuos de no menos de diez años. Y en el caso del agua subterránea, ensayos de bombeo periódicos, análisis de depresión de niveles freáticos e identificación de zonas de recarga (fs. 216, 280 y 306);

Que, el Artículo 24° la Ley N° 161 “Código de Aguas” establece que las concesiones del uso del agua pública pueden ser permanentes o eventuales. La concesión eventual es el derecho que puede ejercerse cuando por la abundancia, de agua estén o queden cubiertas las concesiones permanentes. En este caso, los concesionarios recibirán una dotación de agua, pero únicamente, cuando la fuente tenga caudal sobrante del destinado a las concesiones permanentes.-

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos 1842-0P/96 y 84-ISPTyV/15.-

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS AD REFERNDUM DEL PODER EJECUTIVO RESUELVE:

ARTICULO 1°.-Otorgar la Concesión Eventual del uso de agua para explotación, con destino minero, de hasta 70 lts/seg, a la firma  SALES DE JUJUY S.A., por un periodo de 30 años, sobre los siguientes pozos georeferenciados;

* WSE-02: Norte (X) 7391146 – Este (V) 3421995 pozo existente con caudal de extracción 4 l/s.-

* WSE-03: Norte (X) 7390531 – Este (V) 3422075 pozo existente con caudal de extracción 10 l/s.-

* WSE-04: Norte (X) 7390541 – E (V) 3421659 pozo existente con caudal de extracción 16 l/s.-

* SDJ-01: Norte (X) 7395670 – Este (V) 3421376 pozo proyectado con caudal de extracción 5 l/s.-

* SDJ-03: Norte (X) 7387801-  Este (V) 3419526 pozo proyectado con caudal extracción 35 l/s.-

ARTICULO 2°.-Publicar el Boletín oficial y en un diario local por el término de cinco días, en los términos de lo establecido en el artículo 20 del Código de Agua.-

ARTICULO 3°.-Regístrese, agréguese copia y elévense las actuaciones al Ministerio de Infraestructura, Servicios Púdicos, Tierra y Vivienda para el dictado del Decreto pertinente; Cumplido, archívese.-

 

Ing. Guillermo Antonio Sadir

Director

Director Pcial. De Recursos Hídricos

 

18/25/28 AGO. 1/4 SET.