BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/17

GOBIERNO DE JUJUY

MINISTERIO DE AMBIENTE

SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE

RESOLUCIÓN Nº 375/2017-SDS.-

REF. EXPTE. Nº 0256-282-2013.-     

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2017.-

VISTO:

El expediente Nº 0256-282-2013 Iniciado por: CANIDO ORLANDO S/ PRESENTA PLAN DE CAMBIO DE USO DE SUELO EN LA FINCA DE SU PROPIEDAD DENOMINADA PUESTO NUEVO UBICADA EN EL DISTRITO PALMA SOLA  – DEPARTAMENTO SANTA BARBARA.

La Ley Nacional Nº 26.331/07 y su Decreto Reglamentario Nº  91/09, la Ley Provincial Nº 5063/98 General de Medio Ambiente y su Decreto Reglamentario Nº 5980/06, modificado por el Decreto Nº 9067/07, la Resolución Nº 081-SGA/2009, Decreto 2187-PMA-2008, la Resolución Nº 01-SGA/2013, la Resolución Nº 03-SGA-13, la Ley Nº 6003/16, el Decreto Nº 77-A-2015; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. Orlando Canido, D.N.I. Nº 11.723.763 representado por el Sr. José Rubén Tolaba, D.N.I. Nº 16.750.215, según Poder Especial de Administración, pasado en Escritura Pública Nº 123 Protocolo A, presenta para su evaluación ante la ex Dirección Provincial de Desarrollo Sustentable, organismo competente según Decreto Nº 721-G-2012, un Proyecto de Plan de Cambio de Uso de Suelo, a ejecutarse en los predios de su propiedad y que según cedulas parcelarias se individualizan como, Matrícula F-3327,  Padrón F-1047, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A97; Matrícula F-3307, Padrón F-1023, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A73; Matrícula F-3308,  Padrón F-1024, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A74; Matrícula F-3309,  Padrón F-1025, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A75; Matrícula F-3310,  Padrón F-1026, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A76; Matrícula F-3313,  Padrón F-1029, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A79; Matrícula F-3287, Padrón F-1003, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A53; Matrícula F-4122,  Padrón F-41, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13a; Matrícula F-3303,  Padrón F-1019, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A69; Matrícula F-3314,  Padrón F-1030, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A80; Matrícula F-3315, Padrón F-1031, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A81; Matrícula F- 3316,  Padrón F-1032, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A82; Matrícula F-3318, Padrón F-1037, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A87; Matrícula F-3319, Padrón F-1038, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A88; Matrícula F-3320, Padrón F-1039, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A89; Matrícula F-3321, Padrón F-1040, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A90; Matrícula F-3317, Padrón F-1036, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A86; Matrícula F-3328, Padrón F-1048, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A98; Matrícula F-3311, Padrón F-1027, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A77; Matrícula F-3312, Padrón F-1028, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A78; Matrícula F-3288, Padrón F-1004, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A54; Matrícula F-3304, Padrón F-1020, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A70; Matrícula F-3305, Padrón F-1021, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A71; Matrícula F-3306, Padrón F-1022, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A72; Distrito Puesto Isla Grande, Finca Puesto Nuevo, Departamento Santa Bárbara, Provincia de Jujuy, que comprende 453 Hectáreas y que conforme a Resolución Nº 051/2015-DPDS de fecha 20 de marzo del año 2015 el inmueble objeto de este Proyecto, cuenta con Plan de Ordenamiento Predial que se modifica por Resolución Nº 110/2015-DPDS de fecha 28 de agosto de 2015, fs. 01/149.

Que, la Asesoría Legal del organismo formula observaciones referidas a cuestiones vinculadas a instrumentos suficientes que sustenten la intervención del Sr. José Rubén Tolaba y la titularidad del predio entre otros aspectos, que subsanadas las referidas observaciones, emite dictamen legal por el cual entiende que el administrado dio cumplimiento a los extremos legales previstos por la Resolución Nº 081/2009-SGA y Resolución Nº 01/SGA-2013, fs. 222/224

Que, el artículo 2º del D.R. Nº 9067/07 ha previsto que la Autoridad de Aplicación Ambiental disponga por acto administrativo, si así correspondiere, la Inclusión del proyecto y/o actividad a los efectos de dar inicio al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, contemplando en el apartado j) del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 5980/06, dicho procedimiento para planes de desarrollo urbano, esquemas directores y de ordenamiento territorial, códigos de usos de suelo, planes integrales o sectoriales de desarrollo, obras de infraestructuras que excedan los límites de un municipio, por lo cual se ha emitido al dictado de la Resolución Nº 310/2017-SDS de fecha 05 de julio del año 2017, fs. 292/294.

Que, se da cuenta del cumplimiento de las publicaciones ordenadas por la Autoridad de Aplicación, en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, los días 19, 21 y 24 julio y en el Diario El Tribuno, los días 17, 19 y 21 de julio, en ambos del corriente año, adjuntando constancia de ello, 296/314.

Que, la Resolución Nº 81-SGA/2009 Reglamentaria del Decreto Nº 2187-PMA-2008 establece pautas para la Evaluación de Impacto Ambiental y para la Aprobación de Planes de Manejo Sostenible y Cambio de Suelo de las Áreas boscosas de la Provincia de Jujuy, interviniendo la Dirección de Manejo y Uso de Suelo, conforme a las disposiciones del Decreto Nº 77-A-2015 y luego de realizar los análisis técnicos pertinentes, y teniendo en cuenta la propuesta del administrado, las constancias que surgen del Acta de Inspección de Bosques Nº 00001152/17 y los informe que siguen, solicita se emita el acto administrativo que otorgue la factibilidad ambiental al Plan de Cambio de Uso de Suelo del predio Puesto Nuevo, comprendiendo el Lote 1 con una superficie de 59 hectáreas; Lote 2 con una superficie de 13 hectáreas; Lote 3 con una superficie de 9 hectáreas; Lote 4 con una superficie de 5 hectáreas y  Lote 5 con una superficie de 33 hectáreas, sumando un total de 191 hectáreas.

Que, del informe técnico surge además que se deja una superficie de 262 hectáreas, para Conservación Legal, estimando un rendimiento aproximado por hectárea de 160 Me de leña fajina y 4 m3 de rollos y trocillos de Algarrobo, Mistol, Quebracho Colorado y Blanco.

Que, asimismo sugiere autorizar la limpieza de 100 hectáreas correspondiente  la Categoría Transformada designada tal en el Plan de Ordenamiento Predial y en el Ordenamiento Territorial de la Masa Boscosa, que tiene como vegetación especies arbustivas y para su aprovechamiento se calcula un rendimiento aproximado por hectárea de 30 Me de leña fajina, oportunamente solicitada por el administrado.

Que, por la naturaleza del Plan presentado por el administrado, deberá cumplir con la obligación de efectuar el pago correspondiente en concepto de Tasa Ambiental Provincial que constituye un instrumento legal para la protección del ambiente, en los términos de la normativa vigente.

Que, de conformidad a la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo N° 5875/15, y el Decreto N° 77-A-15 que aprueba la Estructura Orgánico y Funcional del Ministerio de Ambiente, las presentes actuaciones se tramitan y se resuelven por la Secretaria de Desarrollo Sustentable.

Por ello;

EL SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: OTORGAR LA FACTIBILIDAD AMBIENTAL al Plan de Cambio de Uso de Suelo, presentado por el Sr. Orlando Canido, D.N.I. Nº 11.723.763 representado por el Sr. José Rubén Tolaba, D.N.I. Nº 16.750.215, según Poder Especial de Administración, pasado en Escritura Pública Nº 123 Protocolo A para el predio Puesto Nuevo, integrado por los predios que según cedulas parcelarias se individualizan como, Matrícula F-3327, Padrón F-1047, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A97; Matrícula F-3307, Padrón F-1023, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A73; Matrícula F-3308, Padrón F-1024, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A74; Matrícula F-3309, Padrón F-1025, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A75; Matrícula F-3310,  Padrón F-1026, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A76; Matrícula F-3313,  Padrón F-1029, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A79; Matrícula F-3287, Padrón F-1003, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A53; Matrícula F-4122,  Padrón F-41, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13a; Matrícula F-3303,  Padrón F-1019, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A69; Matrícula F-3314,  Padrón F-1030, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A80; Matrícula F-3315, Padrón F-1031, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A81; Matrícula F-3316,  Padrón F-1032, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A82; Matrícula F-3318,  Padrón F-1037, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A87; Matrícula F-3319, Padrón F-1038, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A88; Matrícula F-3320,  Padrón F-1039, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A89; Matrícula F-3321,  Padrón F-1040, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A90; Matrícula F-3317,  Padrón F-1036, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A86; Matrícula F-3328,  Padrón F-1048, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A98; Matrícula F-3311,  Padrón F-1027, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A77; Matrícula F-3312,  Padrón F-1028, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A78; Matrícula F-3288,  Padrón F-1004, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A54; Matrícula F-3304,  Padrón F-1020, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A70; Matrícula F-3305, Padrón F-1021, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A71; Matrícula F-3306, Padrón F-1022, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 13-A72; Distrito Puesto Isla Grande, Finca Puesto Nuevo, Departamento Santa Bárbara, Provincia de Jujuy, conforme a la normativa vigente y los motivos expuestos en el considerando.

ARTÍCULO 2º: El Área de Plan de Cambio de Uso de Suelo comprende los lotes que se describen y según la siguiente imagen:

 

LOTES SUPERFICIE (HA)
L1 59
L2 13
L3 9
L4 77
L5 33
TOTAL 191

 

ARTÍCULO 3º: El Plan de Cambio de Uso de Suelo reserva una superficie de 262 hectáreas para Conservación Legal.

ARTÍCULO 4º: El rendimiento promedio estimado por hectárea de productos forestales es el siguiente: * 160 ME DE LEÑA FAGINA, * 04 M3 DE ROLLOS Y TROCILLOS DE ALGARROBO, MISTOL, QUEBRACHO COLORADO Y BLANCO

ARTÍCULO 5º: La factibilidad ambiental del Plan de Cambio de Uso de Suelo aprobada en esta oportunidad tendrá una vigencia de CINCO (5) AÑOS contados a partir de su notificación fehaciente, la que será prorrogable por igual período a solicitud de parte, sin perjuicio de la obligación del titular de presentar anualmente ante este Organismo, un informe de ejecución según lo establecido en el Anexo VII de la Resolución Nº 081/2009-SGA, revistiendo la misma el carácter de declaración jurada.

ARTÍCULO 6º: El administrado deberá presentar el informe de ejecución anual, concediéndole el plazo para la presentación del mismo hasta el día 31 de diciembre de cada año, la cual ostentara el carácter de declaración jurada, conforme a lo establecido en el Anexo VII de la Resolución Nº 081/SGA-2009

ARTÍCULO 7º: El administrado queda obligado a realizar el pago de la tasa retributiva y del derecho de inspección  conforme a las disposiciones vigentes.

ARTÍCULO 8º: La autoridad de aplicación podrá revocar el presente acto administrativo que aprueba el Plan de Cambio de Uso de Suelo, ante la omisión en la presentación de los informes de ejecución y/o incumplimientos de las obligaciones asumidas en el Plan por parte del administrado y de conformidad a los dispuesto por el Artículo 22 de la Resolución Nº 081/2009-SGA.

ARTÍCULO 9º: La presente resolución que contiene el Dictamen de Factibilidad Ambiental al Plan de Cambio de Uso de Suelo, da por concluido el trámite administrativo y su parte resolutiva deberá ser publicada en forma íntegra, por una (1) sola vez en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, conforme al Artículo 28º del D.R. 5980/06.

ARTÍCULO 10º: AUTORIZAR la limpieza de 100 hectáreas correspondiente  la Categoría Transformada designada tal en el Plan de Ordenamiento Predial y en el Ordenamiento Territorial de la Masa Boscosa, que tiene como vegetación especies arbustivas.

ARTICULO 11º: El rendimiento promedio estimado por hectárea de productos forestales, proveniente de la limpieza autorizada es el siguiente: * 30 ME DE LEÑA FAGINA  DE ESPECIES ARBUSTIVAS

ARTÍCULO 12º: Finalizados los trabajos, el administrado deberá presentar ante este Organismo el diseño e informe final del desmonte, acompañando con la información digital según las pautas establecidas en el Anexo VII de la Resolución Nº 081/2009-SGA.

ARTÍCULO 13º: Por Despacho de esta Secretaria regístrese la presente Resolución, notifíquese al Sr. José Rubén Tolaba, al Área Guías Forestales y a la Dirección de Manejo y Uso de Suelo, quien deberá proceder al control y monitoreo correspondiente. Cumplido, siga trámite.

 

Antonio Horacio Alejo

Secretario de Desarrollo Sustentable

 

30 AGO. LIQ. Nº 11533  $120,00.-