BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/17
EXPTE. N° 660-443/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 AGO. 2017.-
VISTO:
EL Decreto N° 651-DEyP- de fecha 16 de febrero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que, por el citado acto administrativo el Gobernador de la Provincia asigna al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción como Autoridad de Aplicación a todo aquel Programa financiado o a financiarse a través de la Unidad para el Cambio Rural, dependiente del Ministerio de Agroindustria de la Nación o de aquel que lo reemplace;
Que, por otra parte, por el mismo acto administrativo faculta al Ministerio a realizar la designación como Autoridad de Aplicación a Unidades de Organización dependiente del Ministerio a los efectos del cumplimiento de programas específicos;
Que, es criterio designar a la Sub-Secretaría de Financiamiento Productivo como organismo responsable del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales -PROSAP -;
Por ello y de conformidad a lo dispuesto por el Decreto N° 651-DEyP-16;
EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1°.-Desígnase Autoridad de Ejecución y Seguimiento del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales – PROSAP – a la Sub Secretaria de Financiamiento Productivo, por las razones expresadas en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.-Notifíquese. Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial. Vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Por Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos remítase copia al Tribunal de Cuentas de la Provincia Cumplido, ARCHIVESE.-
C.P.N. Juan Carlos Abud
Ministro de Desarrollo Económico y Producción