BOLETÍN OFICIAL Nº 84 – 03/08/12

Icon_PDF_6RESOLUCIÓN Nº 230-E.-

EXPTE. N° 0500-249/99.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 JUN. 2000.-

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Compensación: Disponer la compensación, conforme a las normas establecidas en la Ley Nº 4971 “RÉGIMEN GENERAL DE COMPENSACIÓN DE LA DEUDA PUBLICA” y su modificatoria 5147, de la acreencia que le corresponde al Señor MAMANI PEDRO DNI Nº 8.468.937, en concepto de Diferencia en jubilación por Invalidez Expte IPPS-2312-M-94 y deudas mantiene con la Dirección Provincia de Rentas, en concepto de impuesto inmobiliario s/ Padrón A-57355 y con el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy s/ Cuenta Nº 15579/6-Programa 820 viviendas.-

  1. ACREENCIAS

TITULAR: MAMANI, PEDRO

1.1-I.P.P.S.-Ente Residual        2.751,20

  1. DEUDAS

TITULAR: MAMANI, PEDRO

2.1  Dir. Provincial de Rentas

2.1.1 Impuesto Inmobiliario     775.30

2.2.     I.V.U.J

2.2.2   Plan de Financiación   1.975, 90

TOTAL              2.751,20      2.751, 20

ARTÍCULO 2º.- Saldo: Producida la compensación conforme al detalle del Articulo Anterior se determina un saldo a favor del Señor MAMANI, PEDRO el que asciende a la suma de PESOS UN MIL CIENTO TREINTA Y CINCO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($1.135,86), al día 31 de DICIEMBRE DE 1995, importe por el cual la presente Resolución constituye el Certificado de Reconocimiento de Deuda Pública, conforme a las normas del art.7º de la Ley 4971.-

 

Aníbal Marcos Carreras

Ministro de Economía