BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 28/09/12

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

SECRETARIA DE GESTION AMBIETNAL

DIRECCION PROVINCIAL DE POLITICAS AMBIENTALES Y RECURSOS NATURALES

RESOLUCIÓN N° 27/2012- DPPAyRN.-

San Salvador de Jujuy, 09 Feb. 2012.-

VISTO:

La Ley Provincial Nº 5063 “General del Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº 5606/02 “De las infracciones y sanciones”, Nº 6002/06 de “Residuos Peligrosos”, la Resolución Nº 168/2006 que habilita el Registro Provincial de Residuos Peligrosos y establece un cronograma de inscripción en el mismo, la Resolución Nº 261/2007-DPPAyRN que ordena la inscripción de oficio en el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligroso, Industriales y de Servicios;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 2 de Octubre de 2006 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº 6002/06 que reglamenta las normas del Capítulo I “De las Sustancias, Materiales o Residuos Tóxicos o Peligrosos del Título III de la Ley Provincial N° 5063 “General de Medio Ambiente”.

Que, el Decreto 6002/06 crea el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos, Industriales y de Servicios, y el Registro Provincial de Residuos Patogénicos en el ámbito de la Dirección Provincial de Políticas Ambientales y Recursos Naturales.

Que, el Registro se habilitó con fecha 6 de Noviembre de 2006, mediante la Resolución Nº 168/2006 – DPPAyRN, por lo que a la fecha los plazos de inscripción indicados en el mismo, se encuentran vencidos con creces.

Que mediante la Resolución Nº 261/2007-DPPAyRN, publicada el 9 de Noviembre de 2007 en el Boletín Oficial, se ordenó la inscripción de oficio en el mencionado Registro para todas las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas que generan, transportan y operan residuos peligrosos que aún no se hayan inscripto en dicho Registro.

Que el Artículo Nº 1 del Anexo I del D. R. 6002/06 establece que en caso de incumplimiento, los infractores serán pasibles de las sanciones previstas en el Decreto Reglamentario Nº 5606/02.

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

POLITICAS AMBIENTALES Y RECURSOS NATURALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ordenar la inscripción de oficio de Agroquímica Meriles, sita en Avenida Belgrano Nº 15 de la Localidad de Fraile Pintado, en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos, Industriales y de Servicios, de conformidad con lo dispuesto por el artículo Nº 1 del Anexo I del D.R. Nº 6002/06.

ARTICULO 2º.- Intimar a la Agroquímica Meriles para que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos presente la correspondiente Declaración Jurada y toda la documentación técnica, legal y contable que exige el D. R. Nº 6002/06.-

ARTICULO 3º.- Disponer la aplicación de una multa a Agroquímica Meriles, por resultar responsables de haber omitido inscribirse en el Registro Provincial de Residuos Peligrosos, de conformidad con el artículo 4º del D. R. 5606/02 y el artículo 45º inciso b) de la Ley Provincial Nº 5063. El monto de la multa está fijado en la suma equivalente a 300 L (TRESCIENTOS LITROS) de nafta especial sin plomo y será abonada en el Área Contable de la DPPAyRN e ingresada a la Cuenta Especial Nº 488-115664/1, denominada “Fondo Forestal, Fauna y Medio Ambiente”, cargo Banco de la Nación Argentina San Salvador de Jujuy, antes de la finalización del día hábil siguiente al de su percepción.

ARTICULO 4º.-  El pago de la multa deberá efectuarse dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente, bajo apercibimiento de gestionar su cobro por vía de ejecución fiscal en caso de incumplimiento.

ARTICULO 5°.-  Dispóngase que el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º precedente, dará lugar que esta autoridad de Aplicación, sin más trámite, dé inicio de las actuaciones sumariales correspondientes. (Dec. Reg. Nº 5606/02).-

ARTICULO 6º.Firmado, regístrese por Secretaría de esta Dirección. Notifíquese a la empresa Agroquímica Meriles, al Área Medio Ambiente y Asesoría Legal a sus efectos. Dése al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido. Archívese.-

 

Ing. Qco. Andrea Alejandra Arduino

Directora

28 SEPT. S/C.-