BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 07/11/12

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1301

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 NOV. 2012

VISTO

La Resolución General Nº 1274/2011, y;

CONSIDERANDO

Que, mediante dicha Resolución se establece las fechas de vencimiento que regirán para el ejercicio fiscal 2012.

Que, en el Artículo 9º de la Resolución antes mencionada se fija las fechas de vencimiento para los Agentes de Retención y Percepción, y expresamente en el acápite II. Regímenes Especiales punto II.c. se establece el día 06 de Noviembre de 2012 como fecha de vencimiento para la 3º Decena/Octubre para el  Régimen de Recaudación en Cuentas Bancarias aplicativo SI.RE.BA (RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.076 y modificatorias).

Que, debido al feriado bancario que rige para el día 06 de Noviembre, resulta necesario ampliar las fechas de vencimiento establecidas en dicho artículo para el  Régimen de Recaudación en Cuentas Bancarias aplicativo SI.RE.BA.

Que, en uso de las facultades acordadas por el Artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 3202/75 y modificatorias.

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: Considerar en término los vencimientos operados el día 06 de Noviembre de 2012, correspondientes a la 3º Decena/Octubre del Régimen de Recaudación en Cuentas Bancarias aplicativo SI.RE.BA. establecidos en el Artículo 9 acápite II. Regímenes Especiales, punto II. c)  de la Resolución General Nº 1274/2011, que se ingresen hasta el día 07 de Noviembre del corriente año.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria del Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales.  Cumplido, archívese.

 

C.P.N. Aldo Omar Ferrari

Director

07 NOV. S/C.-