BOLETÍN OFICIAL Nº 1 – 02/01/13

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

VISTO:

La necesidad de establecer una normativa para homologar el diseño de las  estructuras que componen las líneas eléctricas de media tensión, determinándose la  configuración de las mismas, distancias entre aisladores rígidos, cadena de aisladores,  distancias entre crucetas, etc.; y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de lo indicado precedentemente, en el marco de la COMISION: USO RACIONAL DE LA ENERGÍA DECRETO Nº 8426-I.P.-2007, fue creada la “Subcomisión de Normalización de Diseños Constructivos y Estructuras Eléctricas correspondientes a las Redes de Media Tensión, Baja Tensión y Alumbrado Público” compuesta por personal profesional del Ministerio de Infraestructura y Planificación, de EJE S.A. y de la Superintendencia de Servicios Públicos y que, en su Artículo 2º tiene como objetivo normalizar las estructuras de media tensión, baja tensión y alumbrado público a utilizar en las redes de Distribución.

Que, los diseños previstos permitirán mejorar la confiabilidad del sistema eléctrico provincial, garantizando la seguridad de las personas, animales y bienes, preservando el medio ambiente durante la ejecución y explotación de las instalaciones y cuyo trabajo se anexa en autos.

Que, dichas estructuras, se encuentran detalladas en el Acta Nº 2, elaborada por la citada comisión.

Que, de acuerdo con el Artículo 5º inciso 3) de la ley Nº 4937 la SUSEPU  está facultada a dictar las normas reglamentarias relativas a la prestación del servicio concesionado.

Por ello, en ejercicio de sus facultades;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el diseño de las estructuras detalladas en el Anexo y gráficos correspondientes, que forman parte de la presente disposición, destinadas a la instalación de  redes de media tensión  en toda la Provincia.-

ARTICULO 2º.- Los diseños aprobados serán de aplicación inmediata debiendo las Distribuidoras EJE S.A. y EJSED S.A., dar una amplia difusión de los diferentes tipos de estructuras de Media Tensión, entre usuarios, proveedores de materiales, empresas constructoras, Municipalidades, Colegios profesionales de Ingenieros y Arquitectos, etc., no aceptándose proyectos de redes de media tensión, que no contemplen  el tipo de estructuras aprobadas por la presente resolución. Cumplido el mismo, se pondrá en vigencia dicha normativa, las que no serán retroactivas a las instalaciones existentes, salvo que las Distribuidoras las realicen a su exclusivo cargo, o que sean reemplazadas por estar deterioradas.-

ARTICULO 3º.- Cualquier tipo de estructura que por razones de necesidad surgiera, distinta de las aprobadas, será convenientemente tratada entre la Distribuidora y la SUSEPU a los efectos de su aprobación o ser desechada, no pudiendo la Concesionaria instalarla sin previa aprobación de esta Superintendencia.-

ARTICULO 4º.- De forma.-

ACCESO A LA DOCUMENTACION: En la Sede de la SUSEPU sita en calle Alvear Nº 1243 de esta Ciudad. Cde. Expte. Nº 0630-0645/2012.-

 

Ing. Héctor Rodríguez Francile

Presidente SUSEPU.-

02/04/07 ENE. LIQ. Nº 108072-108085 $ 120,00.-