BOLETÍN OFICIAL Nº 4 – 09/01/13

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACION Y SERVICIOS PUBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS

Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU)

RESOLUCION Nº 503-SUSEPU.-

Cde. Expte Nº 0630-0682/2012.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2012.-

VISTO:

El Contrato de Concesión de EJSED S.A. Artículo 22, Calidad de Servicio, que fija las pautas para el Control y evaluación de medidores instalados; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 22 establece: “LA CONCESIONARIA deberá presentar anualmente a la AUTORIDAD DE APLICACIÓN, para su aprobación, un programa de muestreo estadístico de medidores por lotes de similares características (tipo, corriente, antigüedad de instalación) que permita evaluar las condiciones de cada lote y tomar decisiones al respecto, debiendo con posterioridad cumplir con el plan acordado.”.

Que, a tal efecto se procedió a establecer de acuerdo a la base de datos de usuarios que abarca todo el territorio provincial servido por EJSED S.A. y las características de los medidores (tipo, corriente, antigüedad de instalación), la determinación de los respectivos lotes.

Que, el control de los medidores seleccionados se realizó bajo las normas IRAM 2422.

Que, por Resolución Nº 092-SUSEPU-2012 se aprobó el sorteo realizado de acuerdo a lo establecido en las normas; surgiendo del lote la cantidad de cuarenta suministros titulares y diez suplentes, las respectivas planillas con los resultados detallados a fs. 35 de autos.

Que, el Departamento Calidad de Servicio presenció las pruebas realizadas al lote de medidores seleccionados, cuyo resultado se encuentran de folios 5 a 34 de autos.

Que, por Nota GE Nº 085/2012, la Distribuidora presentó la documentación con los valores discriminados por lote y usuario.

Que, el Departamento Calidad de Servicio ha auditado los valores presentados, los que se encuentran dentro de lo establecido por la norma estando aptos para ser usados en la medición de la energía.

Que, no se hallaron medidores defectuosos y todos cumplen con lo establecido en el punto 5.6.2 a, b, c y d de la norma IRAM 2422.

Que, en el Anexo de fs. 35 se encuentran los medidores seleccionados con los valores obtenidos en cada rango de medición.

Que, la Gerencia de Servicios Energéticos comparte lo propuesto por el Dpto. Calidad de Servicio.

Que, el Directorio de la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones es competente para el dictado de la presente Resolución, en virtud de lo dispuesto en Ley 4888, Artículo 17 inciso ll) y Artículo 44; Ley 4937 Capítulo 1, Artículo 3°, incisos a) y c); Capítulo II Artículo 5°, inciso 1) y Capítulo III Artículo 14 incisos e) y t).

Por todo ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar el control a los medidores de energía de EJSED S.A. de acuerdo a lo establecido por el actual Contrato de Concesión, empleados en los suministros de su área de servicio, que a la aplicación de la norma IRAM 2422 arrojaron valores que los hace aptos para su uso en la medición de energía eléctrica.-

ARTICULO 2°.- Publicar en Boletín Oficial. Notificar a EJSED S.A. Pasar a conocimiento de la Gerencia de Servicios Energéticos. Cumplido archívese.-

 

Ing. Héctor Rodríguez Francile

Presidente SU.SE.PU.-

09 ENE. LIQ. 108098 $ 40,00.-