BOLETÍN OFICIAL Nº 13 – 30/01/13
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
RESOLUCION GENERAL Nº 1309
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 ENE. 2013.-
VISTO
La Resolución General Nº 1.304/2012, y;
CONSIDERANDO
Que, dicha Resolución en su ANEXO I establece, la fecha de vencimiento para la presentación en esta Dirección de las Declaraciones Juradas de los contribuyentes SITI-SIR del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que, la Ley Nº 5746 sustituye el Anexo III “Impuesto sobre los Ingresos Brutos” de la Ley Impositiva Nº 4652, estableciendo las nuevas alícuotas aplicables para las diferentes actividades desarrolladas por los contribuyentes de dicho Impuesto, por lo que se debe actualizar los Sistemas Informáticos para la presentación de las declaraciones juradas mensuales e ingreso del impuesto correspondiente.
Que, recientemente se efectuó el cambio de servidor de esta Dirección, con la consecuente migración de datos y acondicionamiento de programas, lo que conlleva a la necesidad de modificar las fechas de vencimiento establecidas en el Calendario Impositivo 2013 para la presentación e ingreso del primer anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes SITI-SIR, a fin de evitar posibles inconvenientes, hasta tanto se efectúen las pruebas y puesta en producción final.
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Modificar el apartado 1º del Anexo I de la Resolución General Nº 1304/2012, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS (SITI-SIR)
ANTICIPOS MES DE VENCIMIENTO FINALIZACION DIGITO VERIFICADOR DE CUIT
0/1′ 2/3′ 4/5′ 6/7′ 8/9′
1º FEBRERO/2.013 25 26 27 28 28
2º MARZO/2.013 14 15 18 19 20
3º ABRIL/2.013 15 16 17 18 22
4º MAYO/2.013 14 15 16 17 20
5º JUNIO/2.013 13 14 17 18 19
6º JULIO/2.013 15 16 17 18 19
7º AGOSTO/2.013 14 15 16 20 21
8º SETIEMBRE/2.013 16 17 18 19 20
9º OCTUBRE/2.013 15 16 17 18 21
10º NOVIEMBRE/2.013 14 15 19 20 21
11º DICIEMBRE/2.013 16 17 18 19 20
12º ENERO/2.014 14 15 16 17 20
ARTICULO 2º.– Comuníquese a Secretaría de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas, Contaduría General de la Provincia Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías. Cumplido, archívese.-
C.P.N. Néstor Luis Padilla
Director-Dir. Prov. de Rentas
30 ENE. S/C.-