BOLETÍN OFICIAL Nº 25 – 04/03/13

Icon_PDF_6GOBIERNO DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL

RESOLUCION N° 039/2013–DPCA.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 FEB. 2013.-

VISTO:

El Expediente Nº 0646-133/2004, Expte. Nº 646-365/2009, Expte. N° 0646-514-L-2011 caratulado “Informe de Actualización de Impactos Ambientales Planta Recicladora de Baterías Los Flamencos”,  la Ley Provincial Nº 5063 “General del Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº 5606 “De las infracciones y sanciones”, Nº 5980/06 “Evaluaciones de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la Protección de la Atmósfera de las Aguas y del Suelo”, Nº 6002/06 de “Residuos Peligrosos”,  la   Ley Provincial Nº 5011 de adhesión a la Ley Nacional Nº 24051 de Residuos Peligrosos, y el Decreto Reglamentario Nº 831/93, La  Ley Nacional Nº 25612 de Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios, la Ley 25675 “General del Medio Ambiente, la Resolución Nº 051-DPPAyRN/2007, la Resolución Nº 146/2009-DPPAyRN, Resolución Nº 179/2010-DPPAyRN, y;

CONSIDERANDO:

Que la empresa LOS FLAMENCOS S.A., sita en Ruta Provincial Nº 49 Km. 3 Parque Industrial Alto La Torre de la ciudad de Palpalá, ha solicitado la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental otorgado mediante Resolución N° 146/2009-DPPAyRN, y que a tal efecto ha presentado un Informe de Actualización de Impactos Ambientales que contiene grado de cumplimiento del plan de gestión ambiental presentado en el EsIA anterior, modificaciones realizadas a las instalaciones, plan de gestión ambiental actualizado y un programa de monitoreo actualizado, de conformidad a lo solicitado y a las disposiciones del articulo Nº 32 de D.R Nº 5980/06.

Que, se realizó una inspección a la firma Los Flamencos S.A., verificando el grado de cumplimiento de las medidas de mitigación aprobadas en el Informe de Actualización de Impactos Ambiental Impacto del año 2009, que el resultado fue satisfactorio.

Que con fecha 11 de Octubre de 2007 se publico en el boletín la Resolución Aclaratoria Nº 212-2007 SMAyRN,  la  que  establece los  montos  de las tasas retributivas mencionadas en el Decreto Nº 5980/06.

Que en el cumplimiento de la normativa vigente corresponde que se renueve la Factibilidad Ambiental solicitada y certificado mencionado.

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Renovar el Certificado de Aptitud Ambiental Nº 0023, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente resolución, a la firma Los Flamencos S.A., para su actividad de Planta de Reciclado de Baterías y Pelletizado de carcasas de baterías, ubicada en Ruta Provincial Nº 49 Km 3 – Parque Industrial Alto La Torre de la ciudad de Palpalá, el que tendrá vigencia por el término de 2 (dos) años, a partir del vencimiento anterior del C.A.A., sujeto a las condiciones establecidas mediante la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º: La Empresa Los Flamencos S.A., deberá presentar a esta Dirección los informes de los resultados de los monitoreos y controles realizados por la empresa de acuerdo al siguiente detalle:

Variable a Monitorear                                         Frecuencia de Monitoreo

Aire: Emisión de partículas y gases de combustión

por chimenea. Con determinación de plomo,                         TRIMESTRAL

arsénico, antimonio, partículas y SO2

 

Aire: Inmisión de gases y partículas en el entorno.

Determinación de plomo, partículas y SO2.                            TRIMESTRAL

 

Suelos: Fisicoquímico con determinación de plomo,

cadmio y arsénico  (cuatro puntos dentro del predio                 SEMESTRAL

fabril y alrededores)

Semestral

Escorias: Lixiviados                                                                        ANUAL

Vigilancia de la salud de la vegetación del entorno: Deberá registrar trimestralmente el diámetro a la altura del pecho (DAP) de las especies presentes en el predio y perímetro de la empresa, adjuntado registro fotográfico. Informe Anual

Los resultados de estos monitoreos deberán ser informados a esta Dirección con copia de los protocolos del laboratorio correspondiente. Asimismo deberá indicar  coordenadas geográficas de cada punto muestreados.

ARTÍCULO 3º: La firma Los Flamencos S.A. deberá informar a esta Dirección  en el plazo de 10 (diez) días hábiles de la fecha de emisión de la presente resolución la gestión que se otorgara a las escorias del proceso de su actividad.

ARTÍCULO 4º: Las disposiciones de la presente Resolución no exime a la firma Los Flamencos S.A., de la responsabilidad administrativa, penal, civil por cualquier daño o perjuicio, o  la  producción  de  alguna  contingencia  que las actividades que realiza la misma, pudiera ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.

ARTICULO 5º: El incumplimiento de lo establecido por la presente Resolución, dará lugar a que esta Dirección aplique los procedimientos legales establecidos en el Decreto Reglamentario Nº 5606/02 “De las Infracciones y Sanciones” de la Ley Provincial Nº 5063.

ARTICULO 6º: La Dirección Provincial de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los análisis, muestreos y/o informes fijando los plazos que considere necesarios para la realización y entrega de los mismos, en el ejercicio de su poder de policía ambiental.

ARTICULO 7º: La presente Resolución que contiene la renovación de la Factibilidad Ambiental agota la vía administrativa. La parte resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia.

ARTICULO 8º: Fíjese como tasa retributiva por el servicio de evaluación de impacto ambiental, el monto equivalente a 300 (TRESCIENTOS) LITROS DE NAFTA ESPECIAL SIN PLOMO de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Nº 212/07 – SMAyRN. Dicha suma será abonada en tesorería de esta Dirección e ingresada como partida diferenciada a la Cuenta Corriente Nº 488-202571/8, denominada Dirección Provincial de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cargo Banco de la Nación Argentina San Salvador de Jujuy, antes de la finalización del día hábil siguiente al de su percepción.

ARTICULO 9º: Firmado, regístrese por Secretaría de esta Dirección, notifíquese a la empresa Los Flamencos S.A., al Área Técnica de la DPCA, Asesoría Legal y a la Coordinación Administrativa Contable de la Secretaria de Gestión Ambiental a sus efectos. Cumplido. Archívese.

 

Ing. Andrea Alejandra Arduino

Dir. Prov. de Calidad Ambiental-Secretaria de Gestión Ambiental

04 MAR. LIQ. Nº 108815 $ 35,00.-