BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 06/05/13

Icon_PDF_6RESOLUCIÓN Nº 000308-G.-

EXPTE. N° 0400-9923/10.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 MAR. 2013.-

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Establecer a partir del 01 de Marzo de 2013, conforme requerimiento efectuado por la DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS, los nuevos montos a percibir en concepto de “arancel” por los servicios que presta, conforme se indica seguidamente: Matrimonio en Oficina Móvil (Ley Nº 5179/00) $ 400,00.- Matrimonio en oficina $ 50,00.- Adición de apellido materno $ 15,00.- Inscripción en Libros de Extraña Jurisdicción $ 30,00.- Solicitud de Actas diversas $ 5,00.- Solicitud de actas “urgentes” $ 10,00.- Solicitud de nombre “no autorizados” $ 15,00.-Rectificaciones actas ya emitidas $ 10,00.-

ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto toda otra disposición que se oponga a la presente.-

 

Dr. Hugo Oscar Insausti

Ministro de Gobierno y Justicia