BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 02/09/13

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA Jujuy

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1325    

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 AGO. 2013.-

VISTO:

La Resolución General Nº 1.304 “Calendario Impositivo Año 2013”, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Resolución General antes mencionada establece en su Artículo 10 primer apartado, las fechas de vencimiento para la Renovación de Exenciones previstas en el Código Fiscal y Leyes Especiales cuyo vencimiento opera el día 31 de Diciembre de 2.013 en materia de Impuesto Inmobiliario.

Que, la fecha límite para solicitar las mismas opera el último día hábil del mes de Agosto del año 2.013, excepto aquellas que fuesen de renovación automática.

Que, debido a los hechos acaecidos en los últimos días en la Provincia, los cuales son de público conocimiento, y con el propósito de posibilitar a los contribuyentes realizar los tramites tendientes a obtener los beneficios de exención de pago del Impuesto Inmobiliario, ésta Dirección Provincial de Rentas considera conveniente y oportuno ampliar el plazo para que los mismos puedan acceder a dichos beneficios.

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: PRORROGAR hasta el día 20 de Setiembre de 2013 inclusive, el plazo dentro del cual los contribuyentes podrán solicitar la renovación de los beneficios de exención impositiva vigentes en materia de Impuesto Inmobiliario en la forma y condiciones establecidas. –

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria de Ingresos Públicos. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamento, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorias Fiscales. Cumplido, archivese.-

 

C.P.N. Néstor Luis Padilla

Director

02 SEPT. S/C