BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 09/09/13

Icon_PDF_6GOBIERNO DE Jujuy

SECRETARIA DE GESTIÓN AMBIENTAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESOLUCIÓN Nº 234 -DPCA/2013

San Salvador de Jujuy, 02 sept. 2013.                  

VISTO:

El Expte. Nº 0646-445-“S”-2011 caratulado: “Solicitud de Factibilidad Ambiental del Sistema de Saneamiento Cloacal Quebrada de Humahuaca” y el Expte. Nº 0255-170-“S”-2013 en las que se dictaron las Resoluciones Nº 261/2011- DPPAyRN, Nº 102/2012 DPCA y Nº 125/2012 DPCA y el Expte. Nº 0255-170-“S”-2013 caratulado: “Solicitud de factibilidad Ambiental de la Relocalización de las Nuevas Plantas de Tratamiento de Líquidos cloacales en las localidades de Volcán y Maimará” que dio lugar a la emisión de las Resoluciones Nº 171/2013 DPCA., y Nº 221/2013 DPCA y;

En el marco La Ley Provincial Nº 5063 “General de Medio Ambiente” y sus DR Nº 5606/02, 5980/06, 9067/07,6002/06, la Ley Provincial Nº 5011 de adhesión a la Ley Nacional Nº 24051y el DR Nº 831/93, la Ley Nacional Nº 25612 de Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios, la Ley Nacional 25675 “General del Medio Ambiente”, y la Resolución Nº 212/2007-S.M.A y R.N., la Ley Nacional N° 26331 de “Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental De Los Bosques Nativos”.

CONSIDERANDO:

Que la Secretaria de Planificación presenta el EsIA ante la Dirección Provincial de Calidad Ambiental del proyecto “Sistema de Saneamiento Cloacal Quebrada de Humahuaca” que se tramita en Expte N° 0646-445-S-2011, por el cual esta última otorga factibilidad ambiental a la Etapa de Prefactibilidad del mencionado proyecto, disponiendo la inclusión de la etapa de Construcción y de Operación en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EsIAD), mediante Resolución N° 261-DPPA y RN/2011 y posteriormente otorga Factibilidad Ambiental a la Etapa de Construcción, Ejecución o Materialización del Proyecto a través de la Resolución Nº 102/2012 DPCA, y de manera consecutiva otorga Factibilidad Ambiental a la Etapa de operación o funcionamiento del mismo proyecto mediante Resolución Nº 125/2012 DPCA

Que posteriormente la Secretaria de Planificación solicita prefactibilidad ambiental a la reubicación de los Subsistemas de tratamiento de líquidos cloacales de la Localidad de Maimará y Volcán, que se tramita en Expte. Nº 0255-170-“S”-2013, otorgando la Dirección Provincial de Calidad Ambiental, la factibilidad ambiental a la Etapa de Prefactibilidad de la Adenda “Relocalización de las Nuevas Plantas de Tratamientos de líquidos Cloacales en las localidades de Volcán y Maimará mediante la Resolución Nº 171/2013 DPCA disponiendo la presentación de un documento que incorpore en la selección de los nuevos sitios, aspectos ambientales relevantes con el fin de garantizar que las propuestas seleccionadas sean las más adecuadas desde el punto de vista ambiental y operativo, cumplimentado por la Secretaria de Planificación la que ha presentado el documento con unas nuevas alternativas de ubicación para los Subsistemas de Volcán y Maimará, las que evaluadas por el Área Técnica de la DPCA emite dictamen favorable que considera viables los sitios propuestos, emitiéndose la Resolución 221/2013DPCA que otorga factibilidad ambiental a la Adenda “Relocalización de la planta de tratamiento de efluentes cloacales de Maimará y Volcán”

Que por lo expuesto y a los fines de unificar todo lo actuado en un único acto administrativo.

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTICULO Nº 1: Otorgar la Factibilidad Ambiental al proyecto Sistema de saneamiento Cloacal Quebrada de Humahuaca” presentada por la Secretaria de Planificación, por los motivos expuestos en el exordio.

ARTICULO Nº 2: La presente Resolución deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 28 del D.R. Nº 5980/06).

ARTICULO Nº 3: Firmado, regístrese por Despacho de esta Dirección. Notifíquese a la Secretaria de Planificación, al Área Técnica de la DPCA, y a Asesoría Legal a sus efectos. Cumplido archívese.

 

Ing. Andrea Alejandra Arduino

Dir. Prov. de Calidad Ambiental

Secretaria de Gestión Ambiental

09 SEPT. LIQ. Nº 109539 $ 45.00