BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 16/10/13

Icon_PDF_6RESOLUCIÓN Nº 5640-E.-

EXPTE. Nº 1057-1221/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 SET. 2013.-

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1º.Dejar sin efecto la implementación del Tercer Ciclo de la Educación General Básica de la Escuela de Frontera Nº 3 de la Localidad de Oratorio, a partir del 1º de septiembre de 2013.-

ARTICULO 2º.Reintegrar a la Escuela de Frontera Nº 3 de la Localidad de Oratorio el Séptimo Año del Tercer Ciclo de la EGB como 7º Grado y a la Maestra de Grado, Titular Nélida Virginia Enríquez, DNI Nº 13.910.401.

ARTICULO 3º.Autorizar el funcionamiento del Colegio Secundario Nº 55 CUE 9293800929-00 e incorporar al mismo el 8vo. Año Turno Mañana y el 9 no Año Turno Mañana de la Escuela de Frontera Nº 3 como 1er Año Turno Mañana y 2do. Año Turno Mañana.-

 ARTICULO 4º. Autorizar al Colegio Secundario Nº 55 la implementación de la Estructura curricular aprobada por Resolución Nº 841-E-08 y su modificatoria Resolución Nº 2168-E-08, para el 1er. Año y 2do. Año incorporado por el artículo 3º y un 3º Año a partir del 1º de septiembre de 2013.

ARTÍCULO 5º.Aprobar la reubicación de los docentes que se desempeñan en el Colegio Secundario Nº 55 de la localidad de Oratorio, conforme al Anexo I Cuadro II que se incorpora como parte de la presente resolución, a partir del 1º de septiembre de 2013.

ARTICULO 6º.Autorizar a la Dirección General de Administración para que a través de las Áreas de Gestión Presupuestaria, Liquidaciones y Recursos Humanos concrete las acciones necesarias a fin de instrumentar las adecuaciones pertinentes en la situación de revista de los agentes afectados y su liquidación de haberes, conforme se consigna el Anexo I Cuadros I y II que se incorpora como parte del presente acto resolutivo.

ARTICULO 7º.-Disponer que los docentes que se encuentran en disponibilidad y/o pendientes de reubicación según el Anexo I que se incorpora como parte de la presente resolución, cumplirán su carga horaria en la institución educativa según las instrucciones de la dirección, quedando facultada la supervisión de educación secundaria respectiva a su reubicación ante la producción de espacios curriculares vacantes en la institución educativa mediante resolución de la Dirección de Educación Secundaria y hasta que se complete la implementación del nuevo Plan de Estudio.

ARTICULO 8º.- Asignar al Colegio Secundario Nº 55 un (1) cargo de Director de 3º Categoría, un (1) cargo de Preceptor y cuarenta y dos (42) horas cátedras de nivel secundario según disponibilidad en la Ley de Presupuesto Nº 5756-Ejercicio 2013-; Jurisdicción “F” Ministerio de Educación-U de O. 4 Secretaria de Gestión Educativa-Finalidad 5 Cultura y Educación-Función 3 Educación Media y Técnica Personal Docente- Partida Presupuestaria: 1-1-1-1-1-16 con bonificación por zona del 80% que se imputa a la Partida 1-1-1-1-2-76 Bonificación por Ubicación, conforme se consigna en el Anexo II.

ARTICULO 9º.- Establecer que el Colegio Secundario Nº 55 se regirá por la normativa vigente para el Nivel de Educación Secundaria.

 

Lic. Rodolfo Alejandro Tecchi

Ministro de Educación