BOLETÍN OFICIAL Nº 125 ANEXO – 07/11/16
ORDENANZA Nº 80 CONCEJO COMUNAL YALA –2016
MODIFICA ORDENANZA 43 del 2016 ORDENANZA REGULACION DE ASADORES DEL PUENTE NEGRO
CONSIDERANDO:
Teniendo en consideración que la Comisión Municipal de Yala por Ordenanza N° 37/14 se declaró como Municipio Eco-turístico, resulta imprescindible regular el funcionamiento de los asadores del puente negro.
EL CONCEJO COMUNAL DE YALA ORDENA:
ORDENANZA Nº 45/16
ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Art. 4 de la Ordenanza N° 43/16 el que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo 4º: La comisión Municipal cobrara las siguientes Tasas: a) Para utilizar los asadores se deberá pagar una tasa de hasta 2 UT. b) por utilización y limpieza de baños se abonara una tasa de hasta MEDIA UT. c) Por estacionamiento de vehículos hasta 7 UT por el día, se reglamentara los espacios que estarán habilitados para estacionar y en los cuales estará prohibido estacionar vehículos.
ARTÍCULO 2º: Modifíquese el Art. 6º de la Ordenanza N° 43/16 el que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo 6: Está prohibido estacionar los vehículos sobre o al margen del camino a las lagunas sobre la ruta, un kilómetro a la redonda del puente negro y hasta el filtro. Quienes incumplan dicha norma serán sancionados con una multa de 94 UT, en caso que la misma fuese pagada dentro de los 5 días siguientes, la misma se reducirá a 30 UT y por el pago instantáneo el monto a pagar será de 12.50 UT.
ARTICULO 3º: Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web de la Comisión Municipal.
Sala de sesiones, a los 31 días de OCTUBRE del 2016.
Dr. Santiago Tizón
Presidente
07 NOV. S/C.-