BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 13/11/13

Icon_PDF_6RESOLUCIÓN Nº 000506-G.-

EXPTE Nº 0400-1485/2013.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 SET. 2013.-

VISTO:

La Ley Nº 4311 de “Institución del Fondo de Asistencia a los Partidos Políticos”, y

CONSIDERANDO:

Que dicha norma establece la formación de un fondo de asistencia económica para los partidos políticos reconocidos por el Tribunal Electoral de la Provincia.

Que los aportes en cuestión se encuentran determinados por el Articulo 4º de la Ley, siendo el correspondiente a su inciso 1º) por el concepto de “afiliados” y, el correspondiente a su inciso 2º) por el concepto de “votos obtenidos”.

Que la determinación a adoptar es conteste con las potestades conferidas por el Artículo 8º de la Ley Nº 4311, y a tenor de lo determinado por el Artículo 1º de su Decreto reglamentario Nº 11113-G-87;

Por ello, y en uso de las potestades que le son propias.

El Ministerio de Gobierno y Justicia

Resuelve:

ARTICULO 1º.- Determinar que los valores de la asistencia económica establecidos en el Articulo 4º de la Ley Nº 4311, para los procesos electorales del presente año 2013, y subsiguientes, serán los que a continuación se fijan: a) Los establecidos en el inciso 1º del Articulo 4º de la Ley Nº 4311 (Afiliados): Pesos Cinco ($5,00.-) b) Los establecidos en el Inciso 2º del Artículo 4º de la Ley Nº 4311 (Votos): Pesos Dos ($2,00.-)

ARTICULO 2º.- Derogase todo otra disposición que se oponga a la presente.

 

Dr. Hugo Oscar Insausti

Ministro de Gobierno y Justicia