BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 04/12/13

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA Jujuy

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1333

San Salvador de Jujuy, 03 Dic. 2013.

VISTO:

Los Arts. 10º y 24º del Código Fiscal vigente Ley 3.202 (t.o.1998) y lo establecido en la Resolución General nº 1323/2013;

CONSIDERANDO:

Que, es facultad de esta Dirección Provincial dictar normas obligatorias en cuanto a la forma y modo en que deben cumplirse los deberes formales, siendo a su vez imperativo adecuar las mismas a los cambios propios de la dinámica impositiva.

Que, la Resolución General nº 1323 aprobó el programa aplicativo denominado “Sistema Informático de Percepción de Escribanos Públicos – Versión 1.0”, S.I.P.E.P. V.1.0, para la presentación de declaraciones juradas mensuales de los agentes de percepción en el impuesto de sellos Escribanos Públicos.

Que, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Jujuy ha presentado nota a este organismo solicitando la modificación en el nomenclador de actividades las cuales han sido implementadas a fin de mejorar y completar el Sistema de Percepción del impuesto de sellos.

Que, así también se han incorporados sugerencias expresadas por algunos escribanos públicos a este organismo.

Que, por tal motivo resulta procedente la modificación del aplicativo vigente a fin de incorporar los cambios que hacen a la adecuación del mismo.

Que esta instrumentación tiene por objetivo mejorar la relación fisco-contribuyente y optimizar la calidad y oportunidad de la información relacionada con el impuesto que recauda y administra.

Que, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 67º y 183ºº del Código Fiscal.

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Aprobar la versión 1 del aplicativo denominado “Sistema Informático de Percepción de Escribanos Públicos -Versión 1.1”, S.I.P.E.P. V.1.1 para el cumplimento de la presentación de declaraciones juradas mensuales determinativas del impuesto a los sellos.

ARTÍCULO 2º: El programa aplicativo referido en el artículo anterior será utilizado por los agentes según lo establecido en el artículo 1º de la resolución general nº 1323/2013, con las modalidades allí dispuestas.

ARTÍCULO 3º: El programa aplicativo, “S.I.P.E.P. V.1.1”, estará disponible para su descarga en la página web oficial de la Dirección Provincial de Rentas: www.rentasjujuy.gob.ar.

ARTÍCULO 4º: La utilización de la nueva versión del aplicativo será optativa para las presentaciones efectuadas en el mes de diciembre del cte. año y obligatoria para las presentaciones que se realicen a partir del 01 de enero del 2014.

ARTÍCULO 5: El incumplimiento de las disposiciones establecidas en esta resolución queda sujeto a las sanciones previstas en el Artículo 46º del Código Fiscal.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria del Ingresos Públicos, tribunal de Cuentas, Contaduría General. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamento, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales, Municipios y Comisiones Municipales de la Provincia. Cumplido, Archívese.-

 

C.P.N. Néstor Luis Padilla

Director

04 DIC. S/C